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Audiencias y derechos: entre publicidad e información

La contrarreforma presentada en días pasados a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión beneficia a particulares y elimina la obligación de los concesionarios de aportar elementos que distingan entre publicidad e información.

Los ciudadanos tenemos el derecho a recibir información veraz, actualizada y sin fines propagandísticos. Pero tal parece que para la Cámara de Diputados no es sustancial, ya que en días pasados dio pie a una contrarreforma que podría modificar la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTyR), la cual transgrede el derecho de las audiencias.

Esta contrarreforma conocida como #LeyTelevisaDöring, en alusión a uno de los diputados impulsores de esta iniciativa (Federico Döring – Partido Acción Nacional), beneficia a particulares y elimina la obligación de los concesionarios de aportar elementos que distingan entre publicidad e información. En otras palabras, pretender acotar los derechos de las audiencias a cambio de publicidad oficial.

Además, elimina las atribuciones que tiene el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) de supervisar, vigilar y sancionar las malas prácticas. Esta iniciativa televisiva da pie a la censura, atenta contra la libertad de expresión y el derecho a saber, pero sobre todo es un retroceso en la democratización de los medios.

Pero, ¿qué son los derechos de las audiencias? Recordemos que, en 2016, el IFT aprobó los Lineamientos Generales sobre la defensa de las Audiencias, que entraron en vigor el mes de febrero de este año. Así, el derecho de audiencias constituye el derecho a recibir contenidos que reflejen el pluralismo ideológico, político, social, cultural y lingüístico de la Nación; e implica una diferenciación clara de la información noticiosa de la opinión; de igual modo que se distinga entre publicidad y contenido de un programa.

Aquí la publicidad oficial entra de nueva cuenta en escena. No extraña que en tiempos electorales como en el que nos encontramos actualmente, las televisoras muevan sus fichas y estrategias para beneficiarse, a costa de mutilar derechos y pasar de largo la normativa establecida, en este caso el artículo 256 de la LFTyR, o la misma Ley General de Transparencia que obliga a transparentar y rendir cuentas sobre el uso de los recursos públicos. En el caso de la publicidad oficial, está indicado en la fracción XXIII del artículo 70.

Este retroceso, sin duda alguna, quebrantaría el derecho de las audiencias a recibir información transparente sobre los recursos públicos, y sobre los contenidos informativos a través de los medios de comunicación. Los gastos en publicidad oficial que ejercen o dejan de ejercer los gobiernos influyen sobre las líneas editoriales de los medios. Un claro ejemplo es el caso entre El Universal y el gobernador de Chihuahua, donde al poner las cosas en orden en materia de publicidad oficial inicia el golpeteo por parte de algunos medios de comunicación.

Desde la sociedad civil organizada estamos impulsando cambios positivos para que la publicidad oficial no sea un privilegio, sino que sea lo que debe ser: un canal de información relevante para la ciudadanía.

Así lo hemos insistido desde noviembre de 2016, cuando lanzamos la campaña #PublicidadAbierta, la cual busca mejorar la rendición de cuentas y terminar con las malas prácticas entre medios de comunicación y gobierno, las cuales han venido permeando la libertad de expresión y el derecho a la información. El cambio de este paradigma a través de la herramienta Transparencia en Publicidad Oficial es una forma de comprometer a los 32 gobiernos estatales a transparentar los gastos que hacen en publicidad oficial (hasta el momento sólo 4 gobernadores han aceptado el reto, incluido el gobernador de Chihuahua).

Sólo a través de esta manera podremos avanzar en pluralidad informativa, que se procure una competencia favorable y equitativa y sobre todo respetar el #DerechoDeLasAudiencias.


 [ Por Paulina Castaño ]

[ Artículo en Animal Político ]