Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.

Caso Irene, 14 años sin justicia

Como suele suceder cuando las víctimas luchan por acceder a la justicia, a la reparación integral del daño y a acordar medidas para que las violaciones no se repitan, las instituciones mexicanas demoran, evaden o simple y llanamente realizan acciones por su cuenta rompiendo acuerdos.

¿Qué ha pasado?

Esencialmente el IMSS Oaxaca, ha respondido con mínimas acciones al oficio que el magistrado le hizo llegar para que se hiciera responsable de los daños cometidos a Irene: la implantación del DIU sin su consentimiento, y la enorme violación a su integridad por la negligencia médica durante la práctica de una cesárea que la ha dejado postrada prácticamente 14 años.

Tal respuesta se ha remitido en efectuar revisiones médicas a Irene, su hijo y los integrantes de la familia, la realización de vez en cuando de fisioterapia y la incorporación a la familia a la atención en salud mediante la modalidad de IMSS-Prospera. Además lanzaron una promesa de gestionar para Irene y su hijo la inclusión vitalicia en el tercer nivel del IMSS Ordinario, asunto aún no concretado. Finalmente, un listado de gestiones prometidas, que como bien dice el dicho popular “las palabras se las lleva el viento” y por lo visto también las obligaciones normativas.

El artículo 1° de la Constitución obliga al Estado mexicano reconocer proteger y garantizar los derechos humanos. El Estado tiene el deber de hacer todo lo que está a su alcance para reparar el daño cometido a las víctimas e implementar acciones para que dichos perjuicios no sucedan nuevamente a la población en general. Básicamente concretar las llamadas “reparaciones transformadoras”, es decir, modificar las condiciones que llevaron a las violaciones a los derechos humanos.

El IMSS al contrario de asumir su responsabilidad hasta sus últimas consecuencias, evade el principio de derechos humanos, donde las víctimas directas e indirectas son el centro de los procedimientos de reparación. En el transcurso del 2015 ha eludido compromisos y rompe el cauce de las reuniones de trabajo entre las partes y no lleva el procedimiento de participación, diálogo y consulta con las víctimas.

Aunque se había logrado sentarse con el IMSS, las dos acciones que la institución aleatoriamente desarrolló en el año en curso, significan un retroceso. Porque en la primera la señala como una medida de no repetición, y la segunda, por auto excluirse de responsabilidades en los hechos que afectaron de manera permanente a la salud integral de Irene.

Es así que en febrero pasado el IMSS Oaxaca, hizo llegar a Fundar, Centro de Análisis e Investigación, un oficio junto con varios ejemplares de un largometraje de 2 horas de duración, titulado “No hace falta morir”, catalogándolo como una acción de no repetición, no obstante, sin pasar por un acuerdo con las víctimas. Fundar respondió formalmente a dicha delegación del IMSS, enfatizando que “la versión narrada en el material muestra a las instituciones de salud públicas, y en especial al IMSS, funcionando a la perfección mediante una atención cercana, oportuna y con pertinencia cultural hacia las mujeres habitantes de comunidades indígenas, y es el marido machista y violentador— el principal obstáculo para que la mujer reciba la atención provista por el Estado, finalmente causando su muerte.” A todas luces una visión sesgada, racista y discriminatoria precisamente de las poblaciones a las cuales pertenece Irene, su familia y comunidades que habitan.

Pero el IMSS en vez de reaccionar y retomar el diálogo con la familia de Irene y su representación, recientemente entregó al Primer Tribunal Unitario de Oaxaca, un “Análisis sociológico con perspectiva de género y enfoque estructuralista” , con el que pretende la reconsideración –y por tanto exoneración- de su responsabilidad en los hechos, asegurando que gracias a la atención del hospital de Tlaxiaco, fue salvada la vida de Irene y la de su hijo.

Fundar ha presentado al IMSS propuestas específicas de reparación del daño a Irene, su hijo, hermana, hermano, madre y padre; de igual manera medidas de no repetición. Una de suma importancia es la concerniente a la capacitación permanente al personal médico, de enfermería y administrativo adscrito al Hospital Rural del Régimen Prospera en Tlaxiaco (recinto donde a Irene se le practicó la cesárea), en atención de emergencias obstétricas y del manejo del parto normal, así como la sensibilización en derechos humanos, equidad de género e interculturalidad. Llama la atención que Fundar entregó la propuesta elaborada, la cual contó con la asesoría de académicas especialistas y de la red intersectorial Comité por una Maternidad Segura.

En la última reunión entre las partes, el 4 de diciembre del 2014, quedó la constancia en la minuta institucional, que el delegado del IMSS manifestó que instruiría al IMSS Prospera para la implementación de un programa piloto en ese hospital, para efectuar tales capacitaciones, aunque sin los componentes de derechos humanos, interculturalidad y género, sin embargo, a la fecha el delegado fue cambiado, el IMSS da largas refiriendo a Fundar con las oficinas nacionales en el Distrito Federal y así a las minutas oficiales también se las lleva el viento.

Es importante señalar que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) notificó a Fundar que la petición presentada en octubre pasado en contra del Estado Mexicano, por violaciones al derecho a la integridad personal y salud de Irene, por morbilidad materna y falta de acceso a la justicia, ha sido registrada bajo el número P-1448-14, y se encuentra actualmente bajo estudio. Es decir, la CIDH se encuentra ya analizando el caso de Irene para determinar su admisibilidad.

La búsqueda de justicia es incansable.

Daniela Díaz Echeverría

http://www.publimetro.com.mx/trapitos-al-sol/caso-irene-14-anos-sin-justicia/moeA!umKD7L9qhTosY/