“Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal de procedimiento"– Art. 16, Constitución
A Enrique Peña Nieto, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos,
A Miguel Ángel Osorio Chong, Secretario de Gobernación,
A Raúl Plascencia Villanueva, Presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos,
A Eliana García, Unidad de Derechos Humanos de la Procuraduría General de la Republica,
A Guillermo Padrés Elías, Gobernador Constitucional del Estado de Sonora,
A Roberto Romero, Secretario de Go...