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Celebra sociedad civil decisión de la Suprema Corte de atraer el caso sobre Eólica del Sur

  • El caso del proyecto Eólica del Sur que pretende desarrollarse en Juchitán de Zaragoza, Oaxaca, no ha realizado la consulta a las comunidades en los términos que marcan los estándares internacionales.
  • Fundamental que la SCJN garantice de forma efectiva el derecho a la libre determinación, al territorio, a la consulta y al consentimiento previo, libre e informado en el contexto de megaproyectos.
  • Más de 30 mil personas han firmado la petición en la plataforma www.change.org, dirigida a los Ministros de la SCJN, solicitándoles la atracción del caso.

Tras una larga lucha emprendida por más de mil habitantes de la comunidad zapoteca de Juchitán de Zaragoza, Oaxaca y organizaciones indígenas del Istmo de Tehuantepec  por la defensa de su territorio contra el megaproyecto Eólica del Sur[1], en horas de la tarde de ayer la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió atraer el caso para su discusión.  Ante este importante acontecimiento, los integrantes de la comunidad y representantes de organizaciones nacionales e internacionales se congratulan por esta decisión que podría sentar un precendente histórico para todos los casos en los que las comunidades vean afectado su derecho a la libre determinación sobre su territorio.

Desde septiembre de 2015, la comunidad zapoteca inició la denuncia legal por la violación de sus derechos a la libre determinación, al territorio, a la no discriminación, a la consulta y al consentimiento previo, libre e informado en contra de la Secretaría de Energía (Sener) y otras dependencias del Gobierno mexicano. En su momento, la autoridad judicial que recibió el caso otorgó una suspensión del proyecto que se mantuvo por más de dos años. Sin embargo, en junio de 2016, un nuevo titular del Juzgado Séptimo de Distrito en Salina Cruz, Oaxaca, les negó el amparo a partir de criterios regresivos con los estándares internacionales sobre el derecho a la consulta previa y al consentimiento libre e informado.

A la fecha han iniciado ya algunos trabajos iniciales de la obra, anunciándose con bombo y platillo por la empresa y las autoridades del estado y el municipio de Juchitán como si ignoraran que la SCJN estaba por decidir sobre la atracción del caso. Es preocupante la insistencia del Gobierno mexicano de imponer un proyecto en beneficio de grandes transnacionales como FEMSA y de la mano con Mitsubishi en detrimento del interés público y del propio muncipio, que ahora recibirá menos ingresos por un recorte de impuestos locales para este tipo de proyectos que fue anunciado recientemente.

En respaldo a la batalla legal de las comunidades, organizaciones nacionales e internacionales[2] de reconocida trayectoria en la defensa de derechos humanos,  entregaron una carta a los Ministros de la Primera Sala en vispera de la discusión,  en la cual les instaron a atraer el caso, “a fin de que el Máximo Tribunal defina el carácter de previo de las consultas en México” y así impedir que los procesos de consulta sobre proyectos inicien con los permisos gubernamentales ya autorizados en una total simulación.

En este sentido, la Corte tendrá la oportunidad histórica de remediar los fuertes señalamientos que diversas relatorías de las Naciones Unidas han hecho al Estado mexicano en fechas recientes. Destaca lo expresado por el Relator sobre defensores quien constató que “en muchas ocasiones, las consultas son una simple formalidad para proyectos que ya han comenzado a implementarse. Aliento fuertemente a las autoridades mexicanas a garantizar el consentimiento informado, libre y previo de comunidades indígenas…”[3]. En el mismo sentido, la Relatora de Pueblos indígenas alertó sobre, “el hecho de que los pueblos indígenas no están siendo apropiadamente consultados, de acuerdo con los estándares internacionales, sobre proyectos y otras decisiones que afectan sus derechos…”. De igual forma señaló “un serio patrón de exclusión y discriminación, que a su vez se refleja en la falta de acceso a la justicia…” por lo que urgió al Gobierno mexicano a “adoptar medidas decisivas para mostrar un verdadero compromiso para cumplir con los derechos de los pueblos indígenas.”[4]

 Una vez lograda la atracción del caso por la SCJN, con el respaldo de más de treinta mil firmas en la plataforma www.change.org[5], los demandantes de la comunidad y la sociedad civil organizada esperamos que nuestro Máximo Tribunal proteja de forma efectiva los derechos del pueblo indígena zapoteco y cancele los permisos del parque Eólica del Sur que fueron otorgados sin un adecuado proceso de consulta previa, libre e informada.  Asimismo, hacemos un llamado urgente a la Empresa Eólica del Sur y al Gobierno mexicano para que se abstenga de continuar con la obra estando pendiente el veredicto final de la Corte.

Organizaciones firmantes:

Articulación de Pueblos Originarios de Istmo Oaxaqueño en Defensa del Territorio (APOYO)

Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA)

Fundar. Centro de Análisis e Investigación A.C.

Centro de Derechos Humanos Tepeyac del Istmo de Tehuantepec A.C

Asesoría y Defensa Legal Sureste

 

[1] Amparo en revisión 552/2016 del índice del Tribunal colegiado en Materia Civil y Administrativa del Décimo Tercer Circuito.

[2] La Fundación para el Debido Proceso (DPLF), el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL. Centro América), WOLA (EUA), Asociación Interamericana de Defensa del Ambiente (AIDA),  la Coalición Internacional para el Habitat. América Latina. (HIC.AL), Dejusticia (Colombia), Conectas (Brasil), la Clínica de Derechos Humanos de la Universidad de Seattle, la Clínica de Derechos Humanos de la Universidad de Washington, OXFAM México, el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro PRODH), el Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan, Indignación. Promoción y Defensa de Derechos Humanos, SERAPAZ, el Centro de Derechos Humanos Tepeyac del Istmo de Tehuantepec, Fundar, Centro de Análisis e Investigación y el Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (CEMDA), http://fundar.org.mx/solicitan-a-la-suprema-corte-atraer-caso-en-contra-de-eolica-del-sur-en-juchitan-oaxaca/?ID=

[3] Informe de cierre de misión, Visita a México, 24 de enero de 2017, p. 11. http://www.hchr.org.mx/images/doc_pub/SRHRD-END-OF-MISSION-STATEMENT-FINAL_ESP.pdf

[4] Conferencia de prensa de la Relatora Especial de la ONU sobre los derechos de los pueblos indígenas, Victoria Tauli-Corpuz, Ciudad de México, 17 de noviembre de 2017

[5] http://bit.ly/2wGUXMq


Datos de contacto:

Fundar: Diana Anador – 5523297059 – [email protected]

 Centro Mexicano de Derecho Ambiental: Margarita Campuzano -Tel. 52863323 – [email protected]

Ricardo Ruiz Esparza- Tel. 5559644162 – [email protected]