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Designaciones públicas, el camino hacia un proceso limpio

Hoy en día la designación de los funcionarios que encabezan las instituciones del Estado mexicano se encuentra en un momento de tránsito. Esto se debe al trabajo realizado en los últimos años por diversos sectores de la sociedad civil,  el cual se ha encaminado a echar abajo la vieja costumbre de elegir por ‘dedazo’ a  los titulares de éstos órganos públicos, quienes —en su mayoría— tienen como únicas credenciales ser parientes, compadres o amigos de tomadores de decisión de alto nivel.

En particular, las organizaciones Artículo 19 y Fundar, Centro de Análisis e Investigación A.C. hemos puesto en marcha, desde el 2012, el proyecto “Designaciones Públicas”, que tiene como propósito construir confianza en las instituciones a través de la promoción de procesos de selección claros, abiertos, transparentes y participativos, para asegurar que sus titulares cuenten no sólo con la experiencia, sino también, con las competencias y las capacidades necesarias para llevar a cabo sus funciones.

¿A qué nos referimos con designaciones públicas y, qué implican éstos procesos?

En México, las designaciones públicas las realizan los poderes públicos, es decir, el Congreso de la Unión, Presidente de la República y Suprema Corte de Justicia de la Nación[1], con el propósito de elegir a los titulares de instituciones ‘clave’ del Estado; como por ejemplo, aquellas que llevan a cabo la organización de las elecciones, la protección de los derechos humanos, la administración de justicia o el recién creado Sistema Nacional Anticorrupción.[2]

Existen dos aspectos sustanciales acerca de las designaciones públicas que aquí interesa subrayar, el primero son las condiciones que debe tener el proceso para la elección de las o los titulares de las instituciones y el segundo, la importancia de elegir un perfil capacitado para ocupar el cargo.

Las condiciones o ‘características básicas’ para contar con un proceso de designaciones limpio y legítimo, son: apertura, claridad, transparencia y participación efectiva de los ciudadanos. La apertura implica que se abra el proceso de designación a la participación de la sociedad, a través de instrumentos que permitan emitir sus comentarios, y para que éste no se concentre únicamente en los poderes de la Unión. La claridad significa explicar cada paso del proceso (los objetivos, las bases, reglas y mecanismos que serán habilitados).

La transparencia supone la generación de información ‘sustantiva’ durante todo el proceso y, la máxima publicidad de ésta por los canales adecuados. La participación efectiva de la ciudadanía implica por un lado, la conformación de un grupo de acompañamiento de ciudadanas (os) que analice y valore el perfil de las y los candidatos; y por otro  que se tomen en cuenta sus argumentos para la selección final. Como ejemplo de este ejercicio basta mencionar la reciente experiencia de la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción.

El segundo aspecto que interesa enfatizar es el perfil de las personas que encabezan nuestras instituciones. Este elemento es primordial dentro del contexto político mexicano, pues la designación de titulares con experiencia y capacidades probadas es fundamental para asegurar el buen funcionamiento y, sobre todo, la independencia de dichos órganos públicos.

Actualmente transitamos por el proceso de designación del titular de la fiscalía anticorrupción, la cual es crucial para la conformación y puesta en marcha del Sistema Nacional Anticorrupción. Hasta ahora, dicho proceso ha generado incertidumbre, además ha sido poco transparente y carece de legitimidad. En este caso en particular, la Junta de Coordinación Política del Senado tiene en sus manos la elección del fiscal, sin embargo, los vaivenes en la definición de los mecanismos para la designación ponen en la cuerda floja la credibilidad del proceso y de la persona que será responsable de dirigir los esfuerzos para combatir la corrupción y la impunidad que prevalecen en el país.

Como ha sido señalado desde el proyecto de Designaciones Públicas, es imprescindible que el proceso de designación del fiscal anticorrupción sea abierto, claro y transparente, pero además, que se establezcan criterios para una auscultación seria de las y los candidatos, en donde se revisen íntegramente su trayectoria y sus conocimientos. Con ello se pretende garantizar una designación limpia y legítima que no responda a intereses políticos o a la disputa por el control de una institución clave del Estado mexicano.

[1] La Suprema Corte de Justicia de la Nación solo participa en la designación de instancias electorales.

2] Designaciones Públicas http://designaciones.org/#/designaciones/principal


[ Por Gina Chacón ]

[ Artículo en El Universal ]