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El Seguro Popular y el fundamentalismo neoliberal: el costo lo pagan las mujeres

El autoritarismo en la atención médica hacia las mujeres, se expresa con mayor intensidad cuando se habla de salud sexual y reproductiva. Alicia Yamin, investigadora feminista en derechos humanos con rendición de cuentas, plantea en su artículo del libro Presupuesto público, rendición de cuentas y salud materna en México (Gruenberg,Gedisa/Fundar: 2013) que ‘las mujeres y las minorías sexuales, todavía a menudo no son tratadas como seres humanos iguales, con derecho a participar plenamente en nuestras sociedades. Situación de discriminación que se perpetúa por tres fundamentalismos que se entrecruzan, el fundamentalismo económico del neoliberalismo; el fundamentalismo religioso e ideológico; y el fundamentalismo del modelo biomédico’.

Estos fundamentalismos también regulan la relación entre las mujeres y el personal de salud, en particular con los médicos. Sosteniendo el ejercicio desigual del poder, basado en que el médico tiene el conocimiento y por tanto decide sobre los ámbitos de salud de la mujer. El hecho de que desde las instituciones se le atribuya exclusivamente al médico el saber en salud, contribuye a tener un abordaje reducido de la salud sexual y reproductiva a la lógica de la atención de padecimientos, cuando esta se enmarca en un contexto más grande: el de los derechos sexuales y reproductivos.

Estos derechos reconocen que las sociedades deben generar las condiciones para que las personas tomen sus decisiones y disfruten la sexualidad y la reproducción con libertad, dignidad y conforme a la diversidad de identidades de género y de pertenencia étnica. Es decir, la desigualdad aumenta porque en la conformación de las instituciones de salud, en gran medida se hace bajo la premisa de que la salud sexual y reproductiva es una cuestión de prevención de enfermedades de transmisión sexual, o de resolución de emergencias.

Así por ejemplo el movimiento feminista y el Lésbico, Gay, Bisexual, Transexual, Travesti, Transgénero e Intersexual (LGBTTTI), en una larga lucha desde los años ’70, han dotado de demandas y contenidos del derecho a la salud y los derechos sexuales y reproductivos. Por mencionar un par, están 1) la obligación del Estado mexicano del abasto y gratuidad en preservativos para adolescentes, y 2) implementar el acceso sin costo alguno a servicios de resolución efectiva ante urgencias obstétricas). Dos ejemplos de la serie de obligaciones para el Estado mexicano, en materia de derechos sexuales y reproductivas, establecidos en diferentes documentos internacionales y nacionales.

Avances en el reconocimiento de derechos que se pueden caer, si se mantiene el fundamentalismo económico del neoliberalismo como arquitectura que define el sistema de salud mexicano.

Es la muerte materna una de las situaciones más contundentes que da cuenta de la profunda exclusión y entrecruce de los tres fundamentalismos, por su carácter evitable: “las intervenciones para prevenir sus causas más frecuentes son ampliamente conocidas, están probadas, disponibles y son costo-efectivas” (Gruenberg,Gedisa/Fundar: 2013).

Así, por ejemplo, en mayo del 2008, el gobierno federal lanzó la Estrategia de Embarazo Saludable, con la que promovió intensivamente la afiliación de las mujeres embarazadas al Seguro Popular, estableciendo un listado de servicios de atención en salud materna, que estarían disponibles en el caso de incorporarse al Seguro Popular. Fue así como el Estado mexicano implementó un mecanismo de exclusión al goce efectivo del derecho a la salud y los derechos reproductivos, al condicionar la atención en salud materna a la definida en un catálogo (listado) y que además incumple con sus obligaciones de garantizarlo, promoverlo y avanzar en el cumplimiento efectivo de los derechos. Sin embargo, en los años sucesivos, intensificó y sostuvo la campaña de afiliación dirigida a las mujeres embarazadas, situación que representa cierto estancamiento en la asignación de recursos al Seguro Popular.

Las cifras ayudan a entender este problema: el Informe de Resultados del Sistema de Protección Social del año 2016, señala un decremento de 10.6% en la afiliación con respecto al 2015, cuando precisamente en el año 2016, al Seguro Popular se le aplicó un recorte sustantivo de -11.85 %.

Pero la decisión económica de proveer financiamiento al Seguro Popular, mediante el valor contable e inagotable que representan las mujeres embarazadas para las Secretarías de Salud y Hacienda, no es razón suficiente para que se etiqueten recursos financieros e insumos a la Estrategia de Embarazo Saludable, o al menos, no sólo a esta única.

Lo que estamos observando es que a las mujeres se les coloca frente una “retórica de protección”, ya que para el año 2014, el 56.8% de las mujeres fallecidas por mortalidad materna contaban con Seguro Popular, cifra mayor que la del 2013, cuando un 51.6% de las muertes maternas fue en mujeres con Seguro Popular.

El contraste señala que en 2014, en los estados donde creció la afiliación por Embarazo Saludable, también presentan los mayores casos de mujeres fallecidas con Seguro Popular. Algunos ejemplos son: Guerrero, el 74.4% de las muertes maternas contaba con Seguro Popular, en Oaxaca, el 73.7% y en Puebla el 67.4%. Estas cifras, hablan de un total 127 mujeres fallecidas por muerte materna, pero en los informes no se visibilizan y sólo pasan a ser registros de afiliación y resultado de una “ampliación de cobertura del Seguro Popular”.

Es una realidad que a las mujeres embarazadas o en edad reproductiva, se les ve como pesos a aumentar en el presupuesto de programas específicos, y no como sujetos sociales con derechos. Por ello es indispensable que se modifique el diseño actual del presupuesto público en salud, y se diseñe acorde al paradigma de los derechos humanos y en consecuencia se conforme como un mecanismo para garantizar a las mujeres, sus derechos sexuales y reproductivos y el derecho a la salud.

Referencia: Gruenberg, Christian. Presupuesto público, rendición de cuentas y salud materna en México, Fundar/Gedisa: 2013.


 [ Por Daniela Díaz Echeverría]

[ Artículo en El Universal ]