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El Seguro Popular y el valor monetario de las mujeres

Foto: AdobeStock
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Cada informe del Seguro Popular (http://www.seguro-popular.gob.mx/index.php/transparencia/viii-rendicion-de-cuentas/13-transparencia/112-cifras ) reporta lo que desde hace tantos años se viene afirmando desde el feminismo: las mujeres con sus cuerpos y roles de género son quienes lo sustentan financieramente.

Cada individuo incorporado tiene un valor contable y las mujeres tanto por su condición biológica y social de la reproducción, como por su condicionamiento también social y económica del cuidado, son una fuente inagotable.

Para la puesta en marcha del Seguro Popular se utiliza a la población, en el entonces programa Oportunidades (actual Prospera), estructurado en los grupos poblaciones de mujeres embarazadas e infantes; incorpora posteriormente a las mujeres a través de una campaña intensiva de gestantes mediante la estrategia Embarazo Saludable.

Las cifras de los años 2014 y 2015, dan cuenta que la afiliación es mayor en mujeres que en hombres: 54.1% más mujeres en 2014 y 54.3% en 2015. Para el año en curso va marcando la misma tendencia, 5.3.9% de enero a junio del 2016. Si se analiza la afiliación por sexo y por edad, el comportamiento es prácticamente igual de los 0 a los 15 años, y aumenta en las mujeres a partir de los 16 años. El Seguro Popular no publica si esas adolescentes se incorporan por requerir atención durante el embarazo, parto o el posparto.

Tal cuadro se repite al momento de revisar la atención hospitalaria cubierta por el Seguro Popular, es así que para las 20 principales causas también se concentra en la atención a las mujeres, 70.31% 2014 y 62.44 % en 2015. De manera idéntica  es el comportamiento para las causas de atención de urgencias en mujeres 39.00 % en 2014 y 38.59 % en 2015. Sea atención de emergencia o no, se deben a embarazos en condiciones de riesgo, con hemorragia obstétrica, trastornos hipertensivos del embarazo, aborto y parto, es decir, atención en salud reproductiva, que de línea directa implica contar con servicios en salud con capacidad de otorgar atención de calidad y en el tiempo que la condición de salud de la mujer lo requiera, e igualmente su dinámica de vida (tiempos de traslado, condiciones laborales entre otras).

¿Qué ofrece el Seguro Popular en atención reproductiva para las mujeres? Básicamente una serie de intervenciones establecidas en un catálogo, la gratuidad de la atención hasta el decil V de ingreso, y hasta el VII para las mujeres inscritas en Embarazo Saludable —incluido medicamentos—. Las entidades federativas pueden comprometer la asignación de los recursos que reciben vía Seguro Popular a los programas en salud sexual y reproductiva, violencia e igualdad de género.

Para el pago de personal de salud, para el abasto de medicamentos y anticonceptivos, para la mejora o construcción de nueva infraestructura sanitaria, para la capacitación del personal sanitario y también para estrategias específicas orientadas a disminuir las brechas de acceso, por ejemplo contratación de traductores, personal intercultural, traslado, alimentación y alojamiento de las mujeres y sus acompañantes, campañas de empoderamiento de los derechos sexuales y reproductivos de las diferentes identidades y expresiones de género.Numerosos gobiernos estatales subscriben convenios con la federación, en los cuales afirman que asignarán presupuesto para los programas, el reporte de dichos acuerdos no se publican así que la población desconoce si se aplicaron o no.

Lo que sí se sabe, es que tanto las evaluaciones de Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL), como los estudios de satisfacción de usuarios —encomendados por la propia Secretaría de Salud—, dan cuenta de las deficiencias en la mejora de la calidad de la atención, el sostenido y alto gasto de bolsillo, el largo tiempo de espera y por el contrario corta atención en la consulta, las carencias en la atención hospitalaria, el sostenimiento de las inequidades en el acceso efectivo, y las desigualdades territoriales.

Es aplastante la conclusión del Estudio de Satisfacción del 2015 “que la derechohabiencia por sí sola no es suficiente para garantizar que la población afiliada reciba los servicios con la calidad necesaria para que sean efectivos.” (http://www.seguro-popular.gob.mx/images/Contenidos/Estudio_Satisfaccion/Estudio%20de%20Satisfacci%C3%B3n%202015.pdf ) Es urgente que se haga una evaluación de las afectaciones específicas a las mujeres en su diversidad y que el financiamiento en salud cambie a un modelo solidario y no de expropiación del cuerpo de las mujeres.


Por Daniela Díaz Echeverría 

[ Artículo en El Universal ]