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Indispensable retomar aportes de OSC y personas expertas en la elaboración de la Ley General contra la Tortura

  • Preocupa a OSC que el Gobierno Federal guarde silencio sobre los avances en la elaboración del proyecto de Ley General contra la Tortura.
  • OSC instan al Gobierno Federal a dar prioridad a la discusión sobre el contenido mínimo de la Ley General contra Tortura.
  • Imprescindible establecer un mecanismo de participación de la sociedad civil en la concertación del proyecto de Ley General contra la Tortura

El 10 de julio de 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma al artículo 73 que faculta al Congreso a expedir leyes generales en diversas materias, entre ellas tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. A través de ésta, se sientan las bases para la creación de una Ley General en la materia que deberá expedirse dentro de los 180 días siguientes a la entrada en vigor de la mencionada reforma.

 

Esta reforma se da en medio de una profunda crisis de derechos humanos, donde el Gobierno Federal ha minimizado la gravedad del uso generalizado de la tortura y otros malos tratos; acompañado de la impunidad que existe en la casi totalidad de los casos. La Procuraduría General de la República (PGR) ha informado que de 2006 a 2014 recibió 4,055 denuncias por el delito de tortura, de las cuales los fiscales solamente han decidido abrir investigaciones en 1,884 casos[1], de éstas tan solo 11 casos han existido consignación[2].  Al momento, solamente se tiene registro de 5 sentencias firmes en todo el país por el delito de tortura, según fuentes oficiales.[3]

En este contexto, las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC), instituciones y expertos independientes firmantes hacemos un enérgico llamado al gobierno de Enrique Peña Nieto a que retome los estándares internacionales y los aportes de expertos y expertas en el tema desde la academia y la sociedad civil, para que esta reforma implique una auténtica transformación y no se traduzca en cambios cosméticos que resulten insuficientes para erradicar esta práctica que fomenta la fabricación de culpables, la falta de investigaciones serias, además de provocar graves daños a las víctimas y sus familias.

Es fundamental asegurar que nadie quede impune por cometer estos abusos en México. De lo contrario, es difícil dar credibilidad a las muestras de voluntad de las autoridades, pues la efectividad del gobierno para abordar la problemática está en su capacidad de mostrar resultados.

El establecimiento de salvaguardas frente a la tortura y malos tratos en la legislación es una responsabilidad fundamental del Estado y debe asumirse como una política que comprometa la acción integral de éste. En esa medida, no debe depender de las contingencias políticas inmediatas y debe tener objetivos claros y verificables a corto, mediano y largo plazo.

Un ejercicio democrático en este proceso exige desarrollar mecanismos de participación efectivos donde se argumenten y discutan propuestas de Ley General contra la Tortura sin matices políticos para el debate.

Con la elaboración de esta ley, México tiene la oportunidad de dar un paso importante en los esfuerzos por garantizar que las víctimas y sobrevivientes de tortura, puedan obtener justicia, verdad y reparación. Pero, además, la creación de un marco jurídico enfrenta el reto de generar una política pública integral que se ocupe de los diferentes aspectos de prevención, investigación, sanción y reparación de las víctimas, así como de crear un adecuado sistema nacional para monitorear las condiciones de detención en todo el país.

La prohibición de la tortura de acuerdo al derecho internacional, las salvaguardias para las personas bajo custodia, las condiciones de detención, la tortura en contextos distintos a la reclusión y los caminos para acabar con la impunidad casi absoluta que ha tenido lugar en los últimos años deben ser temas prioritarios en la agenda del Gobierno Federal, que se reflejen en la creación y seguimiento de la Ley contra la Tortura.

​Organizaciones de la Sociedad Civil, instituciones académicas y personas expertas firmantes

Amnistía Internacional México; Centro de Derechos Humanos “Miguel Agustín Pro Juárez”, Centro de Derechos Humanos de la Montaña “Tlachinollan”; Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos (CADHAC); Comisión Mexicana para la Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH); FUNDAR, Centro de Análisis e Investigación; Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo (CEPAD); Instituto para la Seguridad y la Democracia (INSYDE); Instituto Mexicano de Derechos Humanos (IMDH); Idheas, Litigio Estratégico en Derechos Humanos, A.C.; Paso del Norte A.C.; Colectivo contra la Tortura y la Impunidad (CCTI); Documenta, Análisis y Acción para la Justicia Social A.C.; Programa de Derechos Humanos de la Universidad Iberoamericana, Ciudad  de México; Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos “Todos los Derechos para Todas y Todos” (conformada por 75 organizaciones en 21 estados de la República mexicana); Jass Asociadas por lo Justo A.C.; Miguel Sarre Iguíniz ; Silvano Cantú Martínez.

[1] PGR. Solicitud de información Folio 0001700020615. Al requerir actualización de información a la PGR respondieron que no se cuenta con información actualizada al 31 de diciembre de 2014.

[2] PGR. Solicitud de información folio: 0001700133014.

[3] Informe del Relator Especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, Juan E. Méndez, Misión a México, 29 de diciembre de 2014, A/HRC/28/68/Add.3, párrafo 32, disponible en: http://hchr.org.mx/images/doc_pub/G1425291.pdf