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La Corte y su oportunidad de regular Publicidad Oficial

La publicidad oficial se ha ejercido de manera discrecional y ha sido utilizada como una herramienta de censura indirecta para favorecer o castigar a los medios de comunicación según sus líneas editoriales.

Desde hace 10 años los legisladores han eludido su responsabilidad de regular el uso de Publicidad Oficial. El próximo miércoles 15 de noviembre, la Suprema Corte de Justicia de la Nación podría cambiar esta situación.

La publicidad oficial se refiere a la compra de espacios en los medios de comunicación por parte de los gobiernos para difundir información relevante a las y los ciudadanos. Debe de ser entendida como un canal de comunicación entre el Estado y la ciudadanía, así como garantizar la difusión de información imparcial, veraz y oportuna y relevante para toda la población.

Pero en México, esta publicidad oficial se ha ejercido de manera discrecional, sobreejerciendo de manera excesiva el gasto en este rubro, y lejos de informar a la sociedad, ha sido utilizada como una herramienta de censura indirecta para favorecer o castigar a los medios de comunicación según sus líneas editoriales, generando impactos negativos a los procedimientos de informar a la sociedad, y en consecuencia, a la libertad de expresión.

Por ello, la regulación de la publicidad oficial es de suma importancia, pue con ella se establecería los límites para evitar sobreejercicios presupuestarios, para restringir el menoscabo la pluralidad informativa, evitar el uso personalizado de la comunicación oficial por parte de los servidores públicos, así como frenar las prácticas ligadas a la corrupción como vínculos financieros entre los medios y los gobiernos.

Aunque se han presentado numerosas iniciativas para legislar en el tema desde 2007, a partir de una reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, del 10 de febrero de 2014, se estableció una obligación expresa a para que el Poder Legislativo reglamentara el ejercicio de la publicidad oficial, a más tardar en abril de 2014. Lo anterior con el objeto de garantizar que el gasto en comunicación social se ejerza de manera eficiente, transparente y que existan reglas claras para que se utilice sólo con fines informativos de interés público. No obstante dicha obligación constitucional, aun carecernos de regulación en la materia.

La organización Artículo 19 promovió un amparo en contra del Poder Legislativo por su omisión de reglamentar el artículo 134 Constitucional, que regula la publicidad oficial, y que genera afectaciones a la libertad de expresión. Derivado de la revisión de amparo, el proyecto para una sentencia recayó en la ponencia del Ministro Arturo Zaldívar Lelo, el cual será discutido y votado el próximo miércoles 15 de noviembre.

La forma como resuelva este caso la SCJN generará importantes implicaciones, no sólo en la manera como se ejercerá la publicidad oficial en México, sino que abre otra posibilidad para garantizar la vigencia y protección de los preceptos constitucionales frente a la omisión de los legisladores de una sus principales funciones, que es la producción normativa.

Corresponde en este momento a la SCJN, como garante del orden jurídico constitucional y como poder de contrapeso de un sistema democrático, hacer un señalamiento al Poder Legislativo, reconocer las afectaciones que se generan al ejercicio de la publicidad oficial y a otras garantías constitucionales que derivan de dicha actividad, como la libertad de expresión y el acceso a la información y, establecer las condiciones para proteger los derechos que se transgreden con dicha omisión legislativa.


[ Por Sarahi Salvatierra ]

[ Artículo en Animal Político ]