Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.

Pabellón 13: Una buena noticia

El miércoles 15 de octubre, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió de manera definitiva que la omisión de construir el Pabellón 13, un hospital especializado para la atención del personas con VIH/SIDA, era violatorio del derecho a la salud no sólo de los pacientes Rogelio, Adrián y Leonardo, los quejosos del caso, sino también de todos los pacientes que son atendidos dentro del Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias (INER). La sentencia del caso Pabellón 13 representa un avance histórico en la interpretación de los derechos económicos, sociales y culturales (DESC), en particular del derecho al más alto nivel posible de salud y en su relación con el principio de progresividad, el máximo uso de recursos disponibles y el control judicial del presupuesto.La necesidad de contar con un nuevo hospital para atender a las personas que viven con VIH/SIDA fue reconocida muchos años atrás por las propias autoridades del INER. Tras haber erogado 7 millones 500 mil pesos para la elaboración del proyecto ejecutivo del Pabellón 13, el INER tramitó distintos permisos para llevar a cabo la construcción de un nuevo hospital (certificado de necesidad, permiso sanitario de construcción, certificado de factibilidad, certificado de necesidad de equipo médico, registro en cartera). Sin embargo, en 2012, cinco años después de haber decidido construir un nuevo hospital, las autoridades sanitarias dieron marcha atrás sin ninguna justificación a un proyecto que permitiría ofrecer mejores condiciones de vida a los pacientes con VIH/SIDA.

Tras dos largos años de litigio, finalmente la Corte resolvió el amparo en revisión 378/2014. Con el voto en contra de la Ministra Margarita Luna Ramos, la Segunda Sala ordenó la construcción de una clínica especializada para dar tratamiento a los pacientes o bien, realizar la inversión pública necesaria para dar la misma atención que la construcción de un hospital significaría. Esta decisión es histórica, pues es la primera vez que la Corte se pronuncia sobre la relación entre omisiones administrativas y la vigencia de los derechos DESC, derechos que por razones políticas y hasta ideológicas no han sido abordados de manera exhaustiva por los tribunales mexicanos.

Además de reconocer la situación de vulnerabilidad de las personas con VIH/SIDA y de la protección especial que debe brindar el Estado, la sentencia de la Corte también fija un precedente importante que será vital para que en futuras ocasiones las autoridades no puedan desdecirse sin esperar consecuencia alguna. Con la sentencia, la Corte ha reconocido que todos aquellos certificados y permisos que fueron gestionados por las autoridades para construir el Pabellón 13 tuvieron un propósito claro que debe ser cumplido: garantizar el derecho a la salud de los pacientes con VIH/SIDA.

A pesar de este fallo histórico, existe el riesgo de que la autoridad administrativa contradiga las directrices de la Corte. Si bien ha sido posible avanzar judicialmente en el reconocimiento a ciertos derechos, en otros casos relacionados con la defensa de derechos DESC (Caso de Temacapulin; Tribu Yaqui; Comunidades Mayas contra transgénicos; Ejido de Tila; MiniNuma), las autoridades administrativas han hecho uso de recursos legales para obstruir el cumplimiento de las sentencias o se han negado a ejecutarlas. La sentencia del Pabellón 13 representa una nueva oportunidad para que las autoridades hagan valer los derechos de quienes viven con VIH/SIDA. Así, construir un nuevo pabellón o remodelar el que actualmente existe quedará en sus manos, y en todo caso, si alegaran no contar con los recursos suficientes, tendrán que acreditar plenamente que hicieron todo lo posible por utilizar al máximo el uso de recursos de que dispone para satisfacer el derecho a la salud de los pacientes. Lo anterior no significa que la obligación de prestar un mejor servicio pueda eximirse, sino que deberá ejercer los recursos a su disposición para garantizar el más alto nivel de salud de los pacientes con VIH/SIDA.

Aún falta un largo camino por recorrer para lograr que las personas con VIH/SIDA sean atendidas bajo las mejores condiciones médicas, pero sin duda lo resuelto en el caso Pabellón 13 es un paso importante para lograr este propósito. La sentencia, además, genera un efecto simbólico que no podemos pasar por alto: hoy, las personas que viven con VIH/SIDA tienen más herramientas jurídicas a su disposición para hacer valer sus derechos, son más fuertes que nunca. En un país repleto de malas noticias, esto hay que celebrarlo.

Iván Benumea

Este contenido ha sido publicado originalmente por SINEMBARGO.MX en la siguiente dirección: http://www.sinembargo.mx/opinion/20-10-2014/28257.