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Posicionamiento de organizaciones mexicanas en el marco de la audiencia regional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC) en la CIDH

FUNDAR, CEMDA, PRODESC
Buenas tardes, antes nos permitimos mencionar la importancia de que México garantice el derecho a la educación de los pueblos y comunidades indígenas y campesinas a través del modelo de las Escuelas Normales Rurales, en particular la de Ayotzinapa. Además, exigimos que en México ningún estudiante vuelva a ser muerto ni desaparecido.

A partir de la reforma constitucional y de derechos humanos de 2011 las estrategias de defensa de DESCA, tierra y territorio han utilizado tribunales administrativos, agrarios o de amparo. Además, este año la reforma energética ha sido instrumentada y permite el despojo de tierras, el daño a los recursos naturales, el uso del fracking, por tanto el rol de los tribunales, además de los procesos organizativos y de resistencia, será importante.

Sin embargo, resulta preocupante que el día de ayer el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el llamado a la consulta popular sobre la reforma energética ya que consideró que la constitución establece que no podrán ser objeto de consulta los temas relacionados con los ingresos y gastos del Estado aún y cuando claramente involucra afectaciones a los derechos humanos.

Por otra parte, queremos insistir en la falta de ratificación de del Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) por parte de México –y muchos Estados de la región- que sería un instrumento para garantizar mecanismos de protección integrales.

En cuanto a las tendencias que encontramos a partir del estudio de 15 casos se encuentra:

  1. Retraso procesal y obstaculización constante en juicios administrativos y laborales.
  2. En muchos casos se ha ordenado realizar la consulta para obtener el consentimiento previo, libre e informado pero su cumplimiento representa grandes retos para las organizaciones y comunidades afectadas ya que se encuentran en desigualdad de armas frente al Estado y las empresas que cuentan con toda la información y los recursos necesarios para negociar con ciertos grupos que no representan la voluntad de toda la comunidad. (Caso de la Tribu Yaqui; Caso Wirikuta; Caso de San Miguel del Progreso; Comunidades Mayas contra transgénicos, entre otros)
  3. A pesar de las sentencias el incumplimiento u obstaculización del Ejecutivo es constante. (Caso de Temacapulin; Tribu Yaqui; Comunidades Mayas contra transgénicos; Ejido de Tila; MiniNuma).
  4. La disponibilidad presupuestaria no puede ser un argumento del Estado para incumplir (MiniNuma, Caso Pabellón 13).
  5. Las comunidades en resistencia, activistas y organizaciones, enfrentan grandes riesgos al exigir sus derechos. Caso emblema es la detención de los lideres, voceros y defensores de derechos humanos de la Tribu Yaqui, Mario Luna Romero y Fernando Jiménez Gutiérrez, del conocimiento ya de la CIDH. Otros casos son la criminalización de Bettina Cruz, defensora de los pueblos indígenas en el Istmo de Tehuantepec, Oaxaca, o la criminalización de Marco Antonio Suástegui Muñoz, defensor en el caso de La Parota.

Consulta el Informe: La defensa de casos de derechos económicos, sociales, culturales y ambientales y la respuesta del Estado mexicano: Retos y obstáculos en el cumplimiento de resoluciones judiciales