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Preocupa la actuación del INAI

México DF a 14 de julio de 2015.- En las últimas dos semanas, el Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Protección de Datos ha ignorado los principios y bases recientemente aprobados en la Ley General de Transparencia al votar por el cierre de la información en dos temas que nos involucran por la gravedad, por el contexto de violaciones graves a derechos humanos y de corrupción que vive el país. Los que suscribimos este comunicado abogamos porque estas resoluciones no sean el reflejo de una tendencia del organismo garante por cerrar información de interés público.

En contexto, el 24 de junio las y los Comisionados Monterrey, Puente, Kurczyn y Acuña confirmaron la reserva de la averiguación previa, abierta en la jurisdicción militar en contra de los ocho elementos involucrados en los sucesos de Tlatlaya[1] sin considerar que esta información está relacionada con hechos que han sido declarados por la CNDH como violaciones graves a derechos humanos.

La semana pasada[2] con la misma distribución del voto, se determinó la reserva de información del origen y destino de las bitácoras de viaje de las aeronaves de CONAGUA, las cuales hacen referencia al caso de David Korenfeld quien fue sancionado previamente por la Secretaría de la Función Pública por el uso indebido de un helicóptero oficial.

En el primer caso, la argumentación para determinar la reserva de la información fue que el expediente abierto en la jurisdicción militar perseguía -únicamente- los delitos de este orden, más no los relacionados con violaciones graves a derechos humanos. Es importante destacar que la SEDENA nunca permitió el acceso al expediente y a pesar de esto los cuatro comisionados decidieron reservar.

En el segundo caso, consideraron que la información contenida en las bitácoras hasta el mes de abril del 2015, podría generar patrones de vuelo, lo que a su vez generaría una afectación a la seguridad nacional además de poner en peligro a los funcionarios que viajan en los mismos.

Vale la pena recordarle al INAI que los principios y bases de la Ley General de Transparencia son aplicables –de acuerdo al Primer Artículo Transitorio- desde su entrada en vigor. Así, la nueva Ley considera como principio rector que ninguna información relacionada con violaciones graves a derechos humanos, delitos de lesa humanidad o actos de corrupción puede estar sujeta a reserva. También prevé la obligación del INAI de tener a la vista –durante la sustanciación del recurso- la información que se considera reservada a fin de descartar la existencia de un interés público oculto de forma indebida. Por último, la Ley es clara al determinar que cualquier reserva debe estar acompañada de una prueba de daño a manera de motivación reforzada, lo que no sucedió en ninguno de los dos casos.

El INAI es la cabeza del Sistema Nacional de Transparencia y sus criterios serán orientadores para los organismos locales. En el Sistema, se determinarán los criterios, reglas y lineamientos para que la transparencia, el acceso a la información y la protección de datos se conviertan en una política transversal. De esta manera, es que las resoluciones referidas se convierten en un foco de preocupación para los que suscribimos este comunicado.

La Ley General de Transparencia no logrará sus objetivos sin la autonomía del pleno. Los firmantes externamos nuestra legítima preocupación por la prevalencia de la plena autonomía e independencia de decisiones del INAI, para efectos de alcanzar los objetivos planteados en la Constitución, en la fortalecida Ley General de Transparencia y para la efectividad del Sistema Nacional de Transparencia.

Organizaciones de la Sociedad Civil

AMEDI PUEBLA

ARTICLE 19

BICITEKAS, A.C.

COLECTIVO POR LA TRANSPARENCIA

COMUNICACIÓN E INFORMACIÓN DE LA MUJER, A.C. (CIMAC)

CONSEJO CIUDADANO A LA CONTRALORIA (CCC)

FUNDAR, CENTRO DE ANÁLISIS E INVESTIGACIÓN

GESOC AC.

GUERRERO TRANSPARENTE AC

INSTITUTO MEXICANO PARA LA COMPETITIVIDAD A.C. (IMCO)

INFORMACIÓN ACCESIBLE Y RENDICIÓN DE CUENTAS ASOCIACIÓN CIVIL

INICIATIVA CIUDADANA PARA LA PROMOCIÓN DE LA CULTURA DEL DIÁLOGO

MÉXICO EVALÚA

MÉXICO INFÓRMATE

OBSERVATORIO CIUDADANO DE LEÓN

ONG CONTRALORÍA CIUDADANA PARA LA RENDICIÓN DE CUENTAS

SONORA CIUDADANA A.C.

A título personal

ADINA BARRERA JOSÉ D JESÚS JIMÉNEZ HERNÁNDEZ
ADRIANA PLASENCIA DÍAZ KATIA LEÓN
ANA CRISTINA RUELAS SERNA LEONOR GÓMEZ BARREIRO
ANTONIO PÉREZ VICTORIA JAVIER OLIVAREZ CASTILLO
ARAM NATANAEL PÉREZ GUZMÁN JESÚS CANTÚ ESCALANTE
ARELI CARREÓN JESÚS CASTILLO GARCÍA
BOOGGAR GONZÁLEZ GÓMEZ LETICIA CISNEROS MERCADO
DARÍO RAMÍREZ SALAZAR LILIA SAÚL RODRÍGUEZ
DAVID CASARRUBIAS DAVILA LILIA VÉLEZ IGLESIAS
ENRIQUE ESPINOZA CRUZ LOURDES MORALES CANALES
ERIC PACHECO BELTRÁN LUCÍA LAGUNES
ERICK R. ZEPEDA SALINAS LUCÍA MELGAR
EVELYN AGUADO JIMENEZ LUCIANA RAMOS LIRA
FABIOLA TANAIRI LUIS ALBERTO RAMOS
FERNANDO MONTOYA VARGAS PETER WINKEL
GABRIELA MORALES MARTINEZ REYNALDO CASTRO MELGAREJO
GABRIELA NIÑO RICARDO LUÉVANO BARRETO
ISABEL VERICAT ROBERTO IGNACIO ALONSO MUÑOZ
IVÁN ALDAMA GARNICA ROGELIO GÓMEZ HERMOSILLO
JACQUELINE PESCHARD SERGIO AGUAYO
JAVIER HERNÁNDEZ RUBIO URÍ BARREDA
JORGE JAVIER ROMERO VADILLO VALERIA ENRIQUEZ
JOSÉ ANTONIO SÁNCHEZ CHIBRÁS XIMENA MEDELLÍN URQUIAGA
ZULEMA OVIEDO HERNÁNDEZ

[1] RDA 463/15

[2] RDA 2200/15, 2219/15 y 2859/15