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Recomendaciones para la atención de las mujeres que han sobrevivido violencia

Los refugios coadyuvan al Estado mexicano a cumplir con sus obligaciones de erradicar la violencia contra las mujeres.

Los recursos públicos destinados a las organizaciones de la sociedad civil que operan refugios, debieran atender criterios de transparencia, rendición de cuentas y corresponsabilidad para garantizar que la atención que reciban las mujeres que han sobrevivido violencia familiar, apunte al ejercicio efectivo del derecho a vivir libres de violencia.

Existe una herramienta que permite identificar si los recursos asignados a los programas y políticas públicas, han contribuido con el acceso y ejercicio efectivo de los derechos humanos. Este es el Informe de la Cuenta Pública del 2015 publicado por la Auditoria Superior de la Federación (ASF) el pasado 15 de febrero. Precisamente, el objetivo de este documento es informar a la sociedad mexicana sobre la forma en que se gastaron los recursos públicos en los tres Poderes del Estado.

El informe realizó 599 auditorías a instancias públicas responsables de la operación de programas públicos tan sólo en el Poder Ejecutivo. Una de las instancias públicas evaluada fue el Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva (CNEGYSR), instancia pública que forma parte del Sector Salud, y que es responsable de gestionar los recursos públicos asignados al Programa “Atención de la Salud Reproductiva y la Igualdad de Género en Salud”, de tal suerte que el Estado Mexicano cumpla con las obligaciones de prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y las niñas[1].

Uno de los Programas institucionales a cargo del CNEGYSR fue el “Programa de Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género”, diseñado para brindar servicios de atención especializada a mujeres que han sobrevivido violencia de género a través de la asignación de recursos públicos de diversos mecanismos, tales como convenios con entidades federativas o la realización de convocatorias públicas. Uno de los ejes del “Programa de Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género” revisados por la ASF, es la convocatoria pública “Asignación de Subsidios para la Prestación de Servicios de Refugio para mujeres, sus hijas e hijos que viven violencia extrema y en su caso sus Centros de Atención Externa”, el cual se entregó a 45 refugios (33 de las organizaciones de la sociedad civil y 12 a instituciones públicas) por un monto de $247 millones 495 mil pesos.

Dentro de las observaciones realizadas por la ASF, se señala la falta de reglas claras y transparentes en las distintas fases y procesos que intervienen en dicha convocatoria pública. Particularmente, el Informe destaca la falta de mecanismos transparentes para integrar el “Grupo Evaluador de Expertas y Expertos” (Grupo Evaluador), como una forma de garantizar que la asignación de los recursos públicos a cada propuesto, cumpla con criterios de objetividad, equidad y transparencia y además, sean imparciales[2].

Igualmente, recomendó incluir en la minuta de evaluación los criterios jurídicos, presupuestales y generales que deben cumplir los proyectos, así como el proceso de evaluación para determinar la autorización de los mismos. Por último, se hizo énfasis en la necesidad de incluir mecanismos de acompañamiento para los casos que presentan proyectos para acceder a la convocatoria por primera vez y rendición de cuentas para los casos que ya han presentado proyectos.

Desde el trabajo de investigación realizado por Fundar[3], hemos demostrado que esta convocatoria es fundamental en la operación de los refugios, ya que cerca del 90% del total del recurso, está destinado a brindar atención integral (alojamiento, y servicios especializados como servicio médico, asesoría jurídica, apoyo sicológico y empoderamiento) a las mujeres, sus hijas e hijos que han sufrido violencia extrema en el ámbito doméstico.

Esto es importante porque permite que los distintos niveles de atención que se brindan dentro del Modelo de Atención Integral previsto por la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, atiendan las necesidades de las mujeres desde un enfoque de género que apunte a transformar sus vidas.

Si bien dentro del proceso de rendición de cuentas, todo sujeto que reciba recursos públicos deberá comprobar que el uso y ejercicio de los recursos públicos corresponda a criterios de eficiencia y transparencia, es igual de importante que los procedimientos para acceder a los programas públicos observen los mismos criterios y aún más, en el caso de convocatorias públicas en donde es importante que todas las organizaciones participantes conozcan las reglas, y que éstas sean claras y accesibles para todos.

Los refugios coadyuvan al Estado mexicano a cumplir con sus obligaciones de erradicar la violencia contra las mujeres, y en ese sentido es importante que se establezca una relación de corresponsabilidad en donde el gobierno, a través del CNEGYSR, brinde certeza sobre los criterios de la convocatoria, así como los aspectos que se toman en cuenta para su evaluación. Cumpliendo con esto, sin duda alguna se fomentará una relación basada en la certeza y la colaboración hacia la consecución de un mismo objetivo: erradicar la violencia contra las mujeres.

Desde Fundar estaremos pendientes de que la convocatoria que se publique para el 2017, integre las recomendaciones formuladas por la ASF y así, se fortalezcan las acciones del “Programa de Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género” y de los refugios.

[1] Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018,

[2] http://informe.asf.gob.mx/Documentos/Auditorias/2015_0251_a.pdf

[3] Fundar 2015. Diagnóstico sobre los refugios en la Política pública de atención de la violencia contra las mujeres en México.


[ Por Cecilia Toledo ]

[ Artículo en La Silla Rota ]