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Regulación de medios en AL: mal de muchos…

El pasado 3 de mayo, en el marco del Día Mundial de la Libertad de Prensa, la Alianza Regional por la Libertad de Expresión e Información presentó un informe sobre la regulación de los medios en América Latina. El documento, un estudio comparado entre 16 países del continente, recopila aspectos normativos, datos, análisis y evidencia para conocer el papel de los medios de comunicación en las condiciones generales para la libertad de expresión, principalmente la que se ejerce por medio de la prensa en la región.
Quizá pudo ser intitulado “Mal de muchos”, pero no. Bajo el nombre de “Artículo XIII”[1] (en referencia a dicho numeral de la Convención Americana sobre Derechos Humanos), el informe da cuenta de los procedimientos utilizados para otorgar autorizaciones, concesiones o licencias para prestar servicios de radiodifusión. Al ver la película completa, observamos que la discrecionalidad es propiamente la tendencia de nuestra región. Que es muy nuestra esa forma de sobrerregular o desregular, sin conocer el equilibrio razonable.
Aunque tampoco es menor que parte de este derecho regulatorio date, incluso, de la época de las dictaduras. A pesar de ello, según se puede leer en “Artículo XIII”, nuestros países gradualmente han explorado múltiples formas de titularidad de derechos en materia de radiodifusión e incluso televisión. Por ejemplo, las condiciones con las que son reconocidos los medios comunitarios resultan ser uno de los aspectos que presenta mayor asimetría entre países. Tomo como ejemplo a Argentina, Bolivia, Brasil, Chile o Venezuela que presentan, aún con límites y problemas, interesantes mecanismos para asegurar el acceso por parte de comunidades y organizaciones sociales a los medios. En cambio, en Guatemala o Perú se reconoce que su existencia es prácticamente ilusoria.

Los esfuerzos por contar con procedimientos y condiciones de acceso equitativas y no discriminatorias a las radiofrecuencias también son variados. Algunos países prevén reservas de espectro, trámites de acceso simplificados o exoneraciones tributarias, además que también son de lo más diversas las políticas relacionadas con los medios públicos de radio y televisión. Con todo, el problema común parece ser la concentración de la propiedad y el excesivo control de los medios por unos cuantos. Dicho en castellano: la libertad de prensa se agrieta frente a la prevalencia de monopolios y oligopolios en la región.
El documento tiene entonces amplia pertinencia en un contexto global en el que, siguiendo a Ferrajoli, las libertades se encuentran en riesgo a causa de poderes económicos salvajes.[2] O, siguiendo a Fiss, justo ahora que urge reconocer que el paradigma cambió y la intervención regulatoria sobre los medios es un asunto básico y elemental, no para asegurar la igualdad, sino para garantizar mínimamente la libertad.[3] Pero, para el caso de México, hay otros elementos que valorar y la publicación tiene una suerte de carácter histórico y testimonial, pues coincidió con la aprobación por parte del Senado de la llamada reforma en telecomunicaciones. Es una foto de cómo estamos antes de la que parece una inminente modificación constitucional que se presenta envuelta en promesas. Tomo cuatro aspectos que muestran desnudos nuestros desafíos actuales: (En México) la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía (DGRTC) está a cargo de supervisar y regular el contenido de las transmisiones en radio, televisión y cine. En la televisión (entre 2002 y 2009) se llevaron a cabo un total de 549 procedimientos. De ese total, 80% fueron investigaciones a Televisa y TV Azteca. Alrededor de 70% de las violaciones estaban relacionadas con la negativa a retransmitir programación de gobierno y partidos políticos. Debido a la ausencia de reconocimiento legal, existen medios comunitarios en México, pero es muy difícil cuantificarlos. Son radios que tienen problemas económicos para sobrevivir. En total, según las cifras de la SCT de 2010, existen 20 radios comunitarias permisionadas. En México no existe una definición jurídica adecuada de los medios públicos: no aparece esta figura en la legislación.

Sin embargo, se suele reconocer que el término de medios públicos abarca a los medios universitarios, culturales, educativos, legislativos, indígenas y estatales que se encuentran en la LFRT bajo la figura de los permisionados. México es uno de los países con mayor concentración mediática en América Latina. Televisa y Televisión Azteca ocupan 62% de todas las frecuencias asignadas para televisión en México y 96% de las concesiones para televisión comercial. Cada una de estas empresas cuenta con dos canales nacionales, caso singular en el ámbito internacional.
Esa abrumadora presencia se ilustra con un solo dato: Televisa concentra 72% de la audiencia nacional. En cuanto a radio, el 76% de las frecuencias de radios comerciales pertenece a 14 familias. En cuanto a la efectividad de la Comisión Federal de Competencia en el balance, sus resultados son limitados: las decisiones regulatorias no se llevan a cabo o su aplicación es suspendida por los tribunales (a través de amparos). Las resoluciones del organismo han sido también incongruentes y en circunstancias particulares incluso han favorecido la concentración. La pregunta entonces es si será posible conmemorar pronto el día de la libertad en condiciones diferentes o si seguiremos inmersos en la inercia de la región. La pregunta es si romperemos nuestro vínculo con ese mal de muchos. [1] Disponible en: http://es.scribd.com/doc/139247537/ARTICULO-13-Regulacion-de-Medios-en-Latinoamerica [2] Ver: Luigi Ferrajoli, Las libertades en tiempos del Neoliberalismo, Este País. Disponible en: http://estepais.com/site/?p=21906 [3] Ver: Owen Fiss, Libertad de Expresión y Estructura Social, E-Journal. Disponible en: www.ejournal.unam.mx/rxm/vol01-03/RXM001000312.pdf
Por: Miguel Pulido Jiménez

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