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Sociedad Civil celebra instalación del Consejo Nacional de Transparencia y señala puntos clave para su adecuado funcionamiento

  • Armonización de las leyes estatales y fortalecimiento de los órganos garantes: fundamental para que el Sistema Nacional de Transparencia no se convierta en un gigante con pies de barro.

Los órganos garantes deben contar con, comisionados profesionales e independientes de los poderes públicos y facticos con perfiles profesionales  y recursos humanos y financieros suficientes para implementar la reforma de transparencia en los estados. 

  • Procesos opacos y discrecionales de designación de comisionados como lo que sucedió en Baja California debilitan a los institutos y ponen en riesgo el éxito de la reforma constitucional 

México D.F a 23 de Junio de 2015.-  El día de hoy se llevó a cabo la instalación formal del Consejo Nacional de Transparencia, mismo que será la instancia rectora del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, la cual deberá coordinar y evaluar las acciones relativas a la política pública transversal de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, así como establecer e implementar los criterios y lineamientos, de conformidad con lo señalado en la Ley General de Transparencia.

Este sistema se encuentra integrado por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI); la Auditoria Superior de la Federación (ASF); el Archivo General de la Nación (AGN);  el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI); así como por los Organismos Garantes de las Entidades Federativas.

Este órgano rector, cuyo   objetivo   es   articular   y   armonizar   la transparencia en el país, corre el riesgo de ser un gigante con pies de barro si no se integra por órganos garantes robustos, profesionales e independientes y si no se cuenta con los recursos humanos, materiales y financieros suficientes para llevar a cabo la implementación de la reforma.

Si bien reconocemos la importancia de la instalación en tiempo y forma del Consejo Nacional de la Transparencia, es fundamental que los otros pasos previstos por la Ley General de Transparencia se cumplan con la misma diligencia y apego. Nos parece fundamental recordar los siguientes retos:

1. Homologación de leyes de transparencia en los Estados. Contar con un marco legal homogéneo es el primer requisito para que el SNT pueda operar. Desde el Colectivo por la Transparencia, estaremos dándole un especial seguimiento a la armonización de las leyes estatales. El termino establecido por la Ley General, vence el próximo 05 de Mayo de 2016, para que las legislaturas locales armonicen las legislaciones  en la materia, con el fin de garantizar la transparencia, el acceso a la información y la rendición de cuentas y no contravenir las bases, principios y procedimientos establecidos por la Ley General de Transparencia.

2. Fortalecimiento de los órganos garantes. El Consejo Nacional de Transparencia, entre otros actores, está integrado por todos los órganos garantes, piezas clave de la transparencia en el país. Los órganos garantes deben contar con autonomía real, comisionados con perfiles profesionales e independientes y recursos humanos y financieros suficientes para implementar la reforma de transparencia en los estados. Es imperativo que el Sistema Nacional emita lineamientos o promueva buenas prácticas para contar con mecanismos adecuados en los procedimientos de selección de los Comisionados en las Entidades del País que garanticen la transparencia, apertura y participación de la sociedad.

3. Obligaciones de Transparencia y Plataforma Nacional de Transparencia. El Sistema Nacional es el responsable de expedir los lineamientos para la creación e implementación de la Plataforma Nacional de Transparencia así como homologar la implementación de las nuevas obligaciones de transparencia. La implementación adecuada de la plataforma como de las obligaciones de transparencia permitirá contar con información accesible y oportuna, piedra angular del Derecho de Acceso a la Información.

4. Atracción de los recursos de revisión. El Sistema Nacional deberá establecer los mecanismos de coordinación y colaboración entre el Instituto Nacional y los organismos garantes de la Entidades Federativas, para el efectivo ejercicio de la facultad de atracción en los recursos de revisión pendientes de resolución que por su interés y trascendencia así lo ameriten. Lo cual garantizará el respeto a los criterios de interpretación emitidos y evitará a toda costa las resoluciones diversas en asuntos similares que surjan en los Estados, cuando sean derivados de condiciones políticas locales.

#TransparenciaYA

 

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