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Suprema Corte de Justicia de la Nación debe declarar inconstitucional la Ley de Seguridad Interior

  • SCJN tiene el desafío de ser el contrapeso democrático necesario para detener ley que normaliza el uso del Ejército y Marina en tareas de Seguridad Pública
  • OSC y personas defensoras de derechos humanos, así como periodistas, nos hemos sumado a las impugnaciones a la Ley de Seguridad Interior mediante amparos.
  • LSI contiene diversas disposiciones que violan diversos derechos y transgreden el orden federal haciéndola incompatible con nuestra Constitución y con los tratados internacionales de los que México forma parte.

 

En los últimos 12 años la violencia en México se ha incrementado. La estrategia de seguridad que ha permitido la presencia del Ejército en las calles ha resultado un fracaso. La Ley de Seguridad Interior, promulgada por el presidente Enrique Peña Nieto, agravará las condiciones de violencia e inseguridad que todos los días se viven en las calles del país. No hay evidencia de que la participación de las Fuerzas Armadas en el combate al crimen organizado haya disminuido los índices de homicidios, robos, secuestros y otros delitos. Por el contrario, desde que las Fuerzas Armadas participan en labores que constitucionalmente corresponden exclusivamente a las autoridades civiles, se han documentado graves violaciones a derechos humanos que han quedado impunes.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación tiene el desafío de ser el contrapeso democrático necesario para declarar inconstitucional esta Ley que normaliza el uso del Ejército y Marina en tareas de Seguridad Pública, a costa de la seguridad ciudadana y el régimen constitucional.  Esta ley contiene conceptos vagos e imprecisos y faculta a las Fuerzas Armadas a actuar sin mecanismos de control y transparencia reales. Es un ordenamiento que busca afianzar una estrategia de seguridad que ha resultado en la violación masiva de derechos humanos y en la generación de más violencia. Por ello, un número histórico de Acciones de Inconstitucionalidad, Controversias Constitucionales y Juicios de Amparo han sido promovidos por decenas de actores, entre ellos la Comisión Nacional de los Derechos Humanos; el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales; las minorías parlamentarias de las Cámaras de Diputados y Senadores; el Gobierno del Estado de Chihuahua; varias Comisiones estatales de Derechos Humanos; y los municipios de Nezahualcoyotl, Edomex; Ocuilán Edomex; Cocotitlán Edomex; Oxkutczab, Yucatán; Tepekan, Yucatán; Hoctun, Yucatán; Ahuatacán, Puebla; San Pedro Cholula, Puebla; Tepeyahualco, Puebla; y Hidalgo del Parral, Chihuahua, más los que hoy puedan sumarse.

 Además, organizaciones de la sociedad civil y personas que defendemos y promovemos los derechos humanos en el país, así como periodistas, hemos solicitado el amparo de la justicia federal contra la Ley de Seguridad Interior, ya que su aplicación obstaculiza e inhibe nuestra labor al propiciar condiciones que vulneran nuestra seguridad en el ejercicio de nuestro trabajo.

 Compartimos la urgencia por atender los problemas de seguridad y justicia que enfrenta el país, pero la forma de enfrentarlos debe ser compatible con nuestro marco constitucional y con las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, garantizando en todo momento el respeto a los derechos y libertades básicas de las personas. La Ley de Seguridad Interior contiene diversas disposiciones que violan diversos derechos y transgreden el orden federal haciéndola incompatible con nuestra Constitución y con los tratados internacionales de los que México forma parte. Algunos de los aspectos preocupantes de esta ley son:

  • No distingue claramente la seguridad pública, la seguridad interior y la seguridad nacional, sino que atribuye a las Fuerzas Armadas tareas de seguridad que constitucionalmente corresponden a las autoridades civiles.
  • No establece plazos definidos de duración de las intervenciones federales. Estos pueden ser modificados, así como el objetivo de las mismas, conforme se desarrolla la intervención.
  • No se prevén principios claros para el uso legítimo de la fuerza en la actuación de los cuerpos policiales y las fuerzas armadas; tampoco se determinan mecanismos de control y rendición de cuentas para las autoridades que cometan abusos y violaciones a derechos humanos durante la aplicación de la ley.
  • La ley viola el derecho de acceso a la información y el principio de máxima publicidad.
  • Aumenta la incertidumbre jurídica, el riesgo y los costos de la defensa de derechos humanos.

Queremos vivir en un contexto de paz y sentirnos seguros, para eso necesitamos estrategias integrales que no generen más violencia. Continuar dependiendo de las Fuerzas Armadas para tareas de seguridad pública, debilita la formación y fortalecimiento de un Estado democrático. Estas tareas corresponden a las autoridades civiles.

Es por estas razones que hacemos un respetuoso llamado a las y los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación a fortalecer el balance que debe mantenerse en la relación cívico militar y detener la militarización de la Seguridad Pública. Del mismo modo consideramos que deben corregir lo que el Congreso de la Unión aprobó a pesar del llamado de los organismos y organizaciones nacionales e internacionales más reconocidos en la observancia y defensa de los derechos humanos. Exhortamos a las y los ministros a que defiendan la Constitución y declaren inconstitucional la Ley de Seguridad Interior. Es lo que esperamos de nuestras Juezas y Jueces Constitucionales.

Colectivo #SeguridadSinGuerra