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Transformando realidades: partería y el acceso a la salud materna en México

Una de las obligaciones de los Estados que han incorporado los derechos humanos como principios que guían su actuación, es garantizar el derecho de las mujeres a la salud materna sin riesgo, sin discriminación y sin sufrimientos. Esto incluye la incorporación de medidas que respondan a las necesidades de colectivos que viven en situaciones de pobreza y marginación.

Si se toma en cuenta que 98%[1] de las muertes maternas que ocurren en el mundo son evitables, entonces queda claro que el Estado tiene una gran responsabilidad de asegurar que todas las mujeres que deseen embarazarse o estén embarazadas, tendrán acceso a los servicios para la atención y la salud durante ese momento de su vida, y así prevenir las causas más frecuentes de estas muertes. No obstante, en las regiones en desarrollo los índices de mortalidad materna son 14 veces más altos que en las regiones desarrollados y solo la mitad de las mujeres embarazadas recibe el mínimo de atención prenatal.[2] Para el 2015, la tasa de mortalidad materna en México era de 38 por cada 100,000 lo cual nos coloca dentro de los países que lograron hacer esfuerzos para disminuir estas cifras, aunque el esfuerzo no es suficiente si se mira la realidad en cada entidad federativa.

De acuerdo con cifras del Observatorio de Mortalidad Materna (OMM) del 2014[3], podemos constatar que en Guanajuato se registraron 32 muertes maternas de las cuales, el 43.8% murió por causas obstétricas indirectas (enfermedad existente desde antes del embarazo o que evoluciona durante el mismo); mientras que en Guerrero se registraron 43 muertes maternas de las cuales el 34.9% falleció por hemorragia del embarazo, parto y puerperio. Si bien en ambos casos las muertes de las mujeres pudieron ser evitables, se observa que en Guerrero mueren más mujeres por causas obstétricas directas, es decir que resultan de complicaciones que tienen que ver con las intervenciones o tratamiento relacionado al cuidado del embarazo. Más aún, estas muertes ocurren en una de las entidades federativas que concentra mayor presencia de población indígena (22%) y bajo nivel de desarrollo humano.

¿Son evitables las muertes de mujeres que decidieron ejercer este derecho?  El Estado mexicano tiene la obligación de garantizar el derecho a la salud materna a todas las mujeres y de aplicar medidas transformadoras para que el acceso a estos servicios de salud sea apropiado a la condición socioeconómica y étnica de cada mujer.[4] Sin duda, una medida transformadora para evitar el sufrimiento de las mujeres durante el embarazo, sobretodo en la población indígena y que vive en la pobreza, es garantizar que los servicios de atención y monitoreo atiendan sus necesidades y desde una perspectiva de derechos humanos. En ese contexto la incorporación de parteras profesionales en el sistema de salud pública, es una estrategia que nuestro país debe comprometerse a impulsar y adoptar.

Las parteras profesionales, un elemento fundamental para la implementación del Modelo de Partería, provienen en muchos de los casos de zonas rurales y de población indígena. Esto permite construir un vínculo intercultural fundamental con mujeres de otras comunidades y favorece el acceso a servicios de salud que son fundamentales en toda su vida sin discriminación, es decir, sin enfrentar demoras en la atención, con respeto a la autonomía e integridad, y con la disponibilidad de información que les permita tomar decisiones.

Igualmente, el Modelo de Partería se basa en que la atención a las mujeres y recién nacidos durante el periodo prenatal, el embarazo, el parto y el postparto sea abordado como una atención continua en donde, además se ubica a las mujeres y sus decisiones como protagonistas de los servicios de atención y de decisiones. En el 2016, se contrataron 43 parteras a nivel federal, de las cuales 10 estaban contratadas en los servicios de salud de Guerrero. Tomando en cuenta la situación de Guerrero además de ser la única entidad federativa que cuenta con una Escuela pública de Partería, resulta un esfuerzo insuficiente.

La negociación presupuestal que comienza en los próximos meses representa una oportunidad para que desde la Secretaria de Salud a nivel federal proponga abrir más espacios para la contratación de parteras profesionales en los servicios de salud pública, y garantice el acceso a los servicios de salud materna sin discriminación y sin sufrimientos.

[1] Yamin, Alicia (2013). Applying human rights to maternal health: UN Technical Guidance on rights-based approaches. International Journal of Gynecology and Obstetrics 121.

[2] Naciones Unidas (2015), The Millennium Development Goals Report 2015, p. 9.

[3] Numeralia 2014. Mortalidad Materna en México. http://www.omm.org.mx/images/stories/Documentos%20grandes/Numeralia_2014_Web.pdf

[4] Gruenberg, Christian. Tomando en serio el sufrimiento: la mortalidad materna como una forma letal de violencia de género en Daniela Díaz y Gruenberg (coords). 2016. Presupuesto público, rendición de cuentas y salud materna en México. Gedisa. México.


[ Por Cecilia Toledo Escobar ]

[ Artículo en La Silla Rota ]