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Un avance para las diferencias

Históricamente se ha encasillado en sexo la identificación de una persona como hombre o como mujer, lo que genera un espacio de desigualdad, porque su significado en sí mismo no reconoce las diferencias sexuales. Esta práctica se ha naturalizado y se ha convertido en un hábito cultural que se traduce en normas discriminatorias, específicamente cuando dos personas del mismo sexo desean unirse en matrimonio

Ante ello, las diversas luchas por parte de los movimientos gays, lésbico, bisexuales, transexual, transgénero e intersex (LGBTTI) han dado buenos resultados para que sus derechos como personas sean reconocidos y respetados. El binarismo mujer/hombre se ha ido decostruyendo a favor de un derecho igualitario pero diferente. Con esto, me refiero a que todos (as) partimos de ser iguales, pero cada grupo tiene particularidades que hay que atender sin que esto signifique o justifique que se esté discriminando a otro grupo de personas con necesidades diferentes.

Actualmente se han ganado batallas jurídicas que hace años era imposible imaginarse; el pasado 26 de junio, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos resolvió el caso Obergefell contra Hodges a favor del matrimonio gay. Esto quiere decir que todos los estados del país tienen la obligación de conceder el matrimonio entre parejas del mismo sexo. Gran  acontecimiento a favor de los derechos de las minorías y en beneficio de la igualdad como ciudadanos y como personas.

El acto de Estados Unidos ha sido la noticia más sonada del momento, pero también hay que recordar y resaltar que en semanas pasadas, el 12 de junio para ser precisa, ese mismo reconocimiento sucedió en México por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tras la resolución de jurisprudencia 43/2015.

En México, se legalizó en todos los estados de la república el matrimonio entre personas del mismo sexo, tener derecho a la salud (IMSS, ISSSTE), a la vivienda (INFONAVIT, FOVISSTE) y a la posibilidad de adoptar. Por lo que todos los operadores de justicia ahora tienen la obligación, por mandato jurisprudencial, de no negar o impedir el matrimonio entre personas del mismo sexo y otorgarles los beneficios que se den a raíz del matrimonio.

Además de que en todos los Códigos Civiles de los estados se ha declarado como inconstitucional la definición de matrimonio como “la unión de un hombre y de una mujer con la finalidad de procrear”, ya que se ha argumentado que la finalidad va más allá: es la convivencia y el querer compartir la vida con una pareja.

Está decisión de ambos Tribunales (México y Estados Unidos) lo que va a causar ahora es una batalla cultural, choques entre formas de ser y de pensar. Es el momento para ver que existen diferentes preferencias sexuales, formas de vivir y cambio de roles de género que pueden ser superables en la sociedad desde la valoración cultural y ontológica que cada uno le otorga al tema.

La tolerancia jugará un papel importante en toda la sociedad, para enfrentarse con los estereotipos y roles que se le han impuesto y que deben ser erradicados: pensar que lo raro y lo que no encaja es malo.

Por todo ello, estas decisiones judiciales son un gran progreso a favor de la protección y garantía de los derechos humanos, ya que fomenta que no se continúe con una estructura social de desigualdad que discrimina y excluye a las parejas homosexuales. Reconoce y acepta los derechos a la diversidad sexual, y se entiende que toda exclusión injustificada entre parejas heterosexuales y las homosexuales a contraer matrimonio, causan daños y violaciones a los derechos humanos.

La diversidad no es razón suficiente para limitar y ejercer derechos (matrimonio, vivienda, salud, adopción). Desde Fundar vemos estos acontecimientos como un gran avance en la disputa por proteger lo que es de cada grupo o persona: sus derechos y su dignidad.

Silvia Ruiz Cervantes

http://www.sinembargo.mx/opinion/06-07-2015/36510