Anexo 31 para la consolidación de un sistema de cuidados: avances y limitaciones 

El pasado 8 de septiembre se presentó el Paquete Económico 2026, el cual es particularmente relevante por dos razones: primero, por ser la primera entrega realizada en su totalidad en línea con la visión de la presidenta Claudia Sheinbaum y su gabinete; segundo, porque había mucha expectativa respecto a la integración de un anexo transversal que cuantificara cuánto se invierte para construir una sociedad de cuidados [1] en México [2].

¿Y qué nos dice la integración de este Anexo Transversal? Primero, cuantifica recursos por 466,674 millones de pesos (1.2% del PIB), distribuidos en 47 programas y 19 dependencias [3]. En los documentos que acompañan la creación de este nuevo instrumento, como los Criterios Generales de Política Económica 2026, la Metodología de Integración para los Anexos Transversales y el Anexo 31 por sí mismo, el objetivo es claro: impulsar una sociedad de cuidados con perspectiva de género, interseccional, intercultural e intergeneracional, promoviendo el reconocimiento, redistribución y reducción de los trabajos domésticos y de cuidados, con corresponsabilidad entre las familias, el Estado, la comunidad y el sector privado.

Pero ¿qué pasa cuando miramos a detalle lo que contiene el Anexo? Por programa, resalta que las pensiones para el Bienestar de i) las personas adultas mayores, ii) personas con discapacidad permanente y Mujeres Bienestar suman un presupuesto por 166,136 millones (el 36% del total del AT 31) [4]. De manera similar, los recursos etiquetados bajo el Anexo para el programa de servicios de atención a la salud, que depende del IMSS, y la beca Rita Cetina, que depende de la SEP, concentran el 55% [5].

En contraste, el programa que contiene la única acción específica orientada a la “planeación para la creación del Sistema Nacional y Progresivo de Cuidados” tiene previsto apenas 4.5 millones de pesos [6]. Eso equivale al 0.001% del Anexo 31. Al mismo tiempo, la Secretaría de las Mujeres, encargada de coordinar su implementación, sólo contará con 2,140 millones de pesos en 2026 (menos del 0.5% del recurso total etiquetado para el Anexo 31).

Entonces, ¿podemos decir que con esta identificación de recursos invertidos se construye realmente una sociedad de cuidados? Depende.

Un programa contribuirá efectivamente a la construcción de una sociedad de cuidados en la medida que promueva el a) reconocimiento, b) redistribución y c) reducción de los trabajos domésticos y de cuidados y la d) corresponsabilidad entre todos los agentes de nuestra sociedad. En otras palabras, que las familias y al interior de ellas, las mujeres cuiden menos.

Por ejemplo, la Pensión Mujeres Bienestar contribuye al reconocimiento, pero no necesariamente al resto de requisitos. Por otro lado, los servicios de cuidado pueden contribuir a la redistribución, reducción de los trabajos y de cuidados y la responsabilidad (b, c y d), siempre y cuando el acceso a ellos no se vea limitado por la capacidad, la calidad, o peor aún, por la condición de acceso a seguridad social.

Sin duda, nos encontramos ante un cambio de visión política para el país. Ahora se pone al centro la importancia de los cuidados y se visibilizan como ese tejido que sostiene nuestras sociedades, nuestra economía y nuestras vidas. Esto no es menor.

Sin embargo, para que realmente México se constituya como una sociedad de cuidados y con plena igualdad de género, es indispensable que el Estado destine dinero suficiente para garantizar la operación de servicios públicos e infraestructura social de calidad que contribuyan a que las niñas, adolescentes y mujeres gocen de plena autonomía.

En las discusiones del PPEF 2026, hacemos el llamado para que las personas legisladoras no aprueben un presupuesto que se queda corto respecto a lo que se necesita para convertir a México en una sociedad de cuidados. De otra forma, los trabajos domésticos y de cuidados, seguirán recayendo injustamente sobre las familias y, particularmente, sobre los hombros de las niñas, adolescentes y mujeres.

Conoce nuestro análisis completo en Avances, tensiones y contradicciones. Análisis del Paquete Económico 2026.

  1. La definición institucional de cuidados se refiere a “todas aquellas actividades cotidianas que realizan las personas, de manera remunerada o no, para garantizar la supervivencia y el bienestar integral de ellas mismas u otras personas durante todo su ciclo de vida, así como para el sostenimiento de las familias, las comunidades y la sociedad en su conjunto”.
  2. Distinta al concepto de “Sociedad del Cuidado” de la CEPAL, pues al hablar de cuidados, se busca el reconocimiento de una pluralidad de diversidad social y cultural de las comunidades, pueblos y personas, así como la heterogeneidad de territorios con formas y necesidades de cuidado específicas (SEMUJERES, 2025).
  3. Es importante recalcar que los recursos etiquetados bajo cualquier anexo transversal no constituyen recursos adicionales a los contemplados en el PPEF. Más bien, los recursos que se identifican en los anexos muestran la proporción del presupuesto asignado a cada ramo, unidad responsable, programa presupuestario, acción específica, etc., que se alinea con los objetivos que persigue cada AT.
  4. Sus acciones transversales específicas son: transferencia económica a personas mayores con dependencia, transferencia económica o apoyos en especie a personas con discapacidad permanente y transferencia económica a mujeres en reconocimiento a su trabajo de cuidados no remunerado.
  5. Sus acciones transversales son: atención médica a mujeres embarazadas; control de pacientes con enfermedades crónico-degenerativas que requieren cuidados y becas para educación básica, respectivamente.
  6. Etiquetada bajo el programa Política de fortalecimiento de la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres, que depende de la Secretaría de las Mujeres.

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