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Estado Mexicano debe armonizar su marco legal conforme a las obligaciones internacionales en materia de impacto social y ambiental

· Estudios y Evaluaciones de impacto previstas en la Ley de Hidrocarburos y la Ley de la Industria Eléctrica para autorizar proyectos, son incongruentes con marco internacional de derechos humanos.

· El Poder Legislativo debe armonizar la normativa interna para garantizar los derechos humanos de los pueblos indígenas.

 

Ciudad de México a 27 de mayo de 2021.- En la ultima década el Estado Mexicano ha otorgado miles de permisos a distintos sectores para la implementación de megaproyectos; para marzo de 2019, se habían entregado 25 607 concesiones mineras y hasta 2012, el último dato actual y vigente sobre proyectos de construcción de presas, ascendía a 4 mil 200 proyectos. En este contexto, nos parece fundamental llamar en primera instancia al Estado Mexicano respecto a su obligación internacional de estudiar el impacto de los proyectos, y reflexionar, cuestionar y discutir acerca del modelo de desarrollo vigente en nuestro país que se sostiene y se implementa favoreciendo los privilegios e intereses de unas cuantas personas, generalmente quienes tienen mayor riqueza y poder, y las industrias en detrimento de los derechos de la mayoría, y en particular de grupos históricamente discriminados.

En este contexto, desde Fundar, Centro de Análisis e Investigación presentamos la publicación Estudios y Evaluaciones de impacto social a la luz del marco de derechos humanos. El caso de la legislación de hidrocarburos y de la industria eléctrica, en el que se analizan las figuras de Estudios de Impacto Social (Eis) y Evaluaciones de Impacto Social (Evis) previstas en la Ley de Hidrocarburos y en la Ley de la Industria Eléctrica, a la luz del marco internacional de derechos humanos de pueblos indígenas.

Durante la presentación realizada en conjunto con el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, participaron Itzel Silva Monroy, abogada e investigadora de Fundar, Marisol Anglés Hernández, investigadora del Instituto de Investigaciones Jurídicas, María Jesús Euan Barbosa, defensora comunitaria de la tierra y el territorio, de la Comunidad de San José Tipceh, en Yucatán, Magdalena Cervantes, coordinadora del Observatorio del Sistema Interamericano de Derechos Humanos del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, y Soledad García Muñoz, Relatora Especial sobre Derechos Económicos Sociales y Culturales de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, y se resaltó que la falta estudios previos de impacto puede desembocar en graves afectaciones a los derechos humanos.

La publicación presentada, revisa si los Eis y las Evis requeridas para autorizar proyectos en las industrias de hidrocarburos y eléctrica se encuentran acordes con la obligación internacional del Estado de estudiar los posibles impactos negativos de los megaproyectos que pretendan efectuarse sobre territorio de pueblos indígenas.  Con base en nuestra publicación anterior, Realizar estudios de impacto antes de autorizar megaproyectos: una obligación del Estado Mexicano, en la que se identifican los estándares mínimos que deben cumplir dichos procesos de evaluación, el análisis sobre estas dos figuras muestra que son una tergiversación de la obligación internacional de México, y que incumplen en general con los criterios debidos.

Entre las incongruencias más significativas se destaca que las Evis son realizadas o contratadas por las empresas interesadas en los permisos para los proyectos, lo que es contrario al estándar de independencia e imparcialidad que debe regir en la elaboración de los estudios, ya que representa un claro conflicto de interés que los impactos sean analizados por las empresas interesadas en el desarrollo de los proyectos.  Asimismo, la realización de los Eis y de las Evis, como se encuentran actualmente en las leyes de Hidrocarburos y de Industria Eléctrica, no prevé la participación de los pueblos que podrían verse afectados con los proyectos, ni el que sus resultados deban ser compartidos y consultados con ellos. Esto a pesar de que su participación es una exigencia que deriva de la propia naturaleza de los estudios, pues en la medida en que pretenden documentar los posibles impactos negativos sobre la vida de los pueblos, se requiere necesariamente de su conocimiento e involucramiento para la identificación de los impactos.  En el caso de los Eis, además, se establece que la información que se obtenga en ellos debe ser entregada a las personas interesadas en los permisos de los proyectos, no los pueblos y sus integrantes.

 

En este sentido, durante la presentación de la publicación, la Relatora Especial sobre los Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la CIDH, resaltó el deber internacional que tiene el Estado Mexicano de cumplir con su obligación, enfatizando la importancia de la prevención de impactos sociales y ambientales que los proyectos puedan generar en comunidades, pueblos indígenas y grupos que han sido históricamente discriminados.  Asimismo destacó que “se requiere la divulgación y el acceso público a evaluaciones de impacto ambiental y estudios de impacto social en estos contextos, y sobre la implementación de estrategias específicas para defensoras y defensores de derechos humanos, que incluye a periodistas, que sufren ataques, intimidación o amenazas por sus cuestionamiento a determinados proyectos, prácticas de corrupción o actividades adversas a los derechos humanos donde están involucrados actores empresariales”.

Es importante recordar que, la obligación del Estado Mexicano de analizar los impactos negativos de los proyectos antes de autorizarlos proviene del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), vigente desde 1991, as como del Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Por ello, y debido a sus múltiples incompatibilidades, es necesario que el Estado Mexicano ajuste toda su legislación interna –no solo las normas del sector energético– conforme a la obligación internacional de estudios de impacto y sus estándares, debiendo preverlo también respecto de pueblos no indígenas.

Desde Fundar, hacemos un llamado al Poder Ejecutivo y al Poder Legislativo para que, en el próximo periodo de sesiones, promuevan e implementen las reformas legales necesarias para llevar a cabo la armonización legislativa, que es a su vez, una obligación del Estado derivada del propio derecho internacional.  Mientras dicha armonización ocurre, México debe abstenerse de autorizar proyectos si no ha cumplido con la obligación y los estándares mínimos para dichos estudios; seguir haciéndolo, no solo compromete su responsabilidad internacional, sino también, perpetúa la discriminación y las violaciones a derechos contra los pueblos y las comunidades indígenas.


Contacto para prensa:

Mariana Gurrola Y.

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