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Gobierno mexicano vulnera el derecho a la consulta de la comunidad zapoteca de Juchitán

  • La consulta que realiza la Secretaría de Energía a nuestra comunidad atenta contra los principios de consulta previa, libre, informada y de buena fe.
  • Ex-relator de pueblos indígenas de la ONU señala deficiencias del proceso y manejos poco transparentes de la empresa Eólica del Sur fuera del marco de la consulta.
  • Organizaciones indígenas y civiles hacen un llamado al Gobierno mexicano para garantizar el derecho a la consulta y al consentimiento libre, previo e informado, de conformidad con los estándares internacionales.

Diversas organizaciones, ciudadanos/as y miembros de la comunidad indígena zapoteca de Juchitán de Zaragoza, hicimos llegar en días pasados a las autoridades responsables y garantes de la consulta[1] sobre el proyecto “Eólica del Sur”, un documento que contiene observaciones y demandas en relación al proceso de consulta. Asimismo, resaltamos algunas de las observaciones presentadas por el Profesor James Anaya, ex relator de Pueblos Indígenas de Naciones Unidas, quien participa en calidad de observador de éste proceso.

Primeramente, les expresamos nuestra preocupación por el cúmulo de omisiones, errores y actos de mala fe que ponen en entredicho la legitimidad del proceso de consulta. Entre estos señalamientos destaca que, la información presentada por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales sobre los impactos ambientales, sociales, culturales y en la salud de la comunidad ha sido superficial y reducida a aspectos meramente formales. Lo más cuestionable, sin embargo, es que la Autorización de Impacto Ambiental del parque eólico ya fue concedida a la empresa Eólica del Sur por la Secretaria de Medio, en junio de 2014[2], sin contar con la participación y consulta de las comunidades afectadas. Por tanto, qué sentido tiene que reflexionemos acerca de los referidos impactos si el permiso ya está otorgado.

Con relación a la información proporcionada ha sido escueta y alejada de la realidad, sin tocar temas sustanciales que son de interés de la población. Las organizaciones perciben una intención evidente de acelerar el proceso y cerrar etapas lo más rápidamente posible, a modo de trámite, sin importar que se garanticen las necesidades de información de la comunidad. Asimismo los plazos y formas de convocar a las reuniones y talleres, son sumamente deficientes, debido a ello la participación de la población ha sido hasta la fecha muy reducida. Tampoco se informado con la debida antelación el cronograma y la agenda para de cada sesión y no se permite a los miembros de la comunidad definir los temas, fechas, y el alcance de la información.

Otro hecho preocupante es la hostilidad hacia defensores de derechos humanos que expresamos dudas, necesidades, o hacemos cuestionamientos durante las sesiones informativas

En este contexto, las organizaciones firmantes del documento aprovechamos en destacar algunas de las observaciones presentadas por el Profesor James Anaya, ex relator de Pueblos Indígenas de Naciones Unidas, luego de su participación como observador del proceso de consulta. En su documento el Ex-relator señala, refiriéndose a “las deficiencias de la consulta previa”, que “otro factor que dificulta el proceso de consulta es el hecho que el proceso se trata de un proyecto cuyas características ya están definidas”, y que parecería que en la consulta es sólo para decidir si se acepta o rechaza el proyecto en los términos propuestos. Para remediar esta situación “se debería intentar asegurar que, dentro del proceso de consulta en curso, las partes indígenas tengan la oportunidad de reabrir cuestiones pertinentes que ya hayan sido decididas sobre las características del proyecto”.

En el apartado sobre “distribución de beneficios”, Anaya resalto la relevancia de “buscar un acuerdo que planteé una distribución de beneficios justa y equitativa, incluyendo el aprovechamiento compartido de los beneficios”, que “la financiación de profesores de música o la construcción de canchas de futbol, son paliativos inequitativos que no deben substituir el aprovechamiento compartido de los beneficios”. Al respecto propone, entre otros ejemplos, “la formación de empresas con capital puramente indígena que compitan, justa y equitativamente, en la producción de energía eléctrica”.

Otra de las cuestiones críticas que señaló fue “la falta de participación visible de la empresa en la consulta”, Anaya observó la ausencia de Eólica del Sur, que “al no tener una participación directa en las asambleas, … se relacionan con la población y las autoridades por medios que no son transparentes”. Sobre la actitud discriminatoria de la empresa, manifestó “durante mí visita pude percibir que el personal ve a la población indígena con inferioridad, a sus tradiciones y prácticas culturales como retrogradas y al entendimiento de un derecho de propiedad comunal sobre la tierra y el viento sin cabida en el mundo moderno que ellos prometen”. Y añade: “Sin empresas más comprometidas con los derechos humanos y sensibles a las situación de los pueblos indígenas en México, no me sorprende que algunos sectores del pueblo Zapoteco vean a la industria eólica y sus molinos de viento como “Nuevos Conquistadores”.”

El conjunto de irregularidades planteadas tanto por las organizaciones como por la opinión autorizada del profesor James Anaya, atentan contra los principios de consulta previa, libre, informada y de buena fe, establecidos los estándares internacionales y el propio Protocolo de la consulta de Juchitán presentado por el Gobierno. En consecuencia, para corregir el rumbo del proceso de consulta y generar un diálogo verdadero y de buena fe, plantemos una serie de propuestas que esperamos sean atendidas con urgencia:

En primer lugar, exigimos que una institución neutral, establecida conjuntamente con la comunidad, lleve a cabo un estudio sobre los impactos sociales, ambientales, culturales y en la salud que genera el proyecto; que tome en cuenta también los impactos acumulados de los 24 parques eólicos ya instalados en la región. Que dicho estudio sea libre del control o influencia de la empresa promotora y se realice con la participación activa de la comunidad, de conformidad con el Artículo 7.3 del Convenio 169 de la OIT para pueblos indígenas.

En segundo lugar, exigimos que en la fase de información se incluyan sesiones relativas a los siguientes temas: la situación jurídica de la tenencia de la tierra en Juchitán, incluyendo un análisis legal independiente de los contratos ya firmados por parte la empresa Eólica del Sur para el arrendamiento de tierras. Así como, acerca de los modelos comunitarios para el desarrollo de parques eólicos y el modelo comunitario propuesto por la Comunidad Agraria e Indígena Zapoteca de Ciudad Ixtepec, en el Istmo de Tehuantepec.

En tercer lugar, exigimos que se respete y garantice nuestro derecho al consentimiento libre, previo e informado.

Manifestamos nuestro compromiso con un proceso de consulta de buena fe en un ambiente de respeto y diálogo sincero. Para ello resulta esencial que se corrijan los múltiples vicios y deficiencias que se han producido hasta ahora.

Asamblea de los Pueblos Indígenas del Istmo de Tehuantepec en Defensa de la Tierra y el Territorio.
México, D.F., 18 de marzo de 2015.
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Documento relacionado
Observaciones del Profesor S. James Anaya sobre la consulta en el contexto del proyecto Energía Eólica del sur en Juchitán de Zaragoza.
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Datos de contacto para mayor información:
Bettina Cruz Velázquez. Integrante de la Asamblea de los Pueblos Indígenas del Istmo de Tehuantepec en Defensa de la Tierra y el Territorio (APIITDTT)
Tel: 9717111169
Correo: [email protected]
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[1] Documento entregado a la Secretaría de Energía, la Secretaría de Gobernación y la Secretaría de Asuntos Indígenas del estado de Oaxaca, el 16 de marzo de 2015.
[2] OAXACA JUCHITAN DE ZARAGOZA 20OA2013E0071 ENERGIA EOLICA DEL SUR SAPI DE CVEOLICA DEL SUR MIA.-REGIONAL, 16-DIC-13 20-JUN-14 22 MESES 30 AÑOS.” FUENTE: Gaceta ecológica 26 de Junio 2014, SEMARNAT DGIRA.