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Inconstitucional que el ISSSTESON exija buena salud para acceder al servicio médico

Después de más de 10 años de lucha, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) le dio la razón a Abel Montenegro Velázquez: el Isssteson lo ha discriminado por “no gozar de buena salud”.

Por unanimidad la SCJN otorgó el amparo al trabajador del ayuntamiento de Hermosillo, Sonora, y obliga al ISSSTESON a afiliarlo, pues el artículo 6 de su Reglamento de Servicios Médicos es inconstitucional.

En Sonora, 404 trabajadores y sus familias, alrededor de 1,400 personas, no pueden acceder a los servicios del ISSSTESON por no gozar de buena salud.

Este miércoles 18 de marzo, Abel Montenegro Velázquez ganó la lucha contra la discriminación del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales del Estado de Sonora (ISSSTESON), quien se había negado a afiliarlo por no cumplir con el requisito de contar con buena salud, mismo que se encuentra en el artículo 6 de su Reglamento de Servicios Médicos.
“Nunca me imagine estar en este momento, después de años de tocar puertas, de ir con las autoridades, con los regidores, con los diputados, que nadie me hiciera caso, y que ahora la Corte me dé la razón esto es muy grande, es una gran emoción, estoy feliz por mí, por mi familia, pero también por aquellos que están en la misma situación”, resaltó Montenegro Velázquez.
La Suprema Corte declaró inconstitucional el artículo 6. En un comunicado de prensa, señaló que los ministros “consideraron que el citado artículo provoca un trato de desigualdad y de discriminación por condiciones de salud, prohibido por el artículo 1 Constitucional, además de que atenta contra la garantía individual marcada en el artículo 4, también de la Carta fundamental, relativo al derecho a la salud”.
Esta resolución sienta un precedente valioso en todo el país. Sonora Ciudadana AC ha documentado que en los últimos ocho años el ISSSTESON ha rechazado la afiliación a 404 servidores públicos por “no gozar de buena salud”. Se estima que son alrededor de mil 400 las personas afectadas, ya que la discriminación se hace extensiva a la familia del trabajador.
La sentencia de la Corte tendrá un impacto nacional. Sonora Ciudadana AC emprendió una búsqueda nacional vía las leyes de transparencia y detectó que esta práctica discriminatoria se replica en Nuevo León y 10 entidades más. Al igual encontró requisitos similares en el Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, lo que impactaría favorablemente a la derechohabiencia a nivel nacional.
Lograr cambios estructurales como éste, para mejorar la calidad de vida de la ciudadanía y el respeto de sus derechos humanos es el principal objetivo del Proyecto de litigio estratégico y derechos humanos de Fundar, Centro de Análisis e Investigación y de Sonora Ciudadana AC. Ambas organizaciones auspiciaron el caso del Sr. Abel Montenegro.
Hacemos un respetuoso llamado para que el ISSSTESON modifique el artículo del reglamento que es inconstitucional y pueda extenderse el beneficio al resto de los ciudadanos afectados”, señaló el Director Ejecutivo de Sonora Ciudadana, Guillermo Noriega Esparza. “Este triunfo es un ejemplo de que no hay que dejar en manos de los políticos la solución de nuestros problemas; la sociedad organizada y con información puede hacer la diferencia”.

Después de más de 10 años de lucha, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) le dio la razón a Abel Montenegro Velázquez: el Isssteson lo ha discriminado por “no gozar de buena salud”.

Por unanimidad la SCJN otorgó el amparo al trabajador del ayuntamiento de Hermosillo, Sonora, y obliga al ISSSTESON a afiliarlo, pues el artículo 6 de su Reglamento de Servicios Médicos es inconstitucional.

En Sonora, 404 trabajadores y sus familias, alrededor de 1,400 personas, no pueden acceder a los servicios del ISSSTESON por no gozar de buena salud.

Este miércoles 18 de marzo, Abel Montenegro Velázquez ganó la lucha contra la discriminación del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales del Estado de Sonora (ISSSTESON), quien se había negado a afiliarlo por no cumplir con el requisito de contar con buena salud, mismo que se encuentra en el artículo 6 de su Reglamento de Servicios Médicos.

“Nunca me imagine estar en este momento, después de años de tocar puertas, de ir con las autoridades, con los regidores, con los diputados, que nadie me hiciera caso, y que ahora la Corte me dé la razón esto es muy grande, es una gran emoción, estoy feliz por mí, por mi familia, pero también por aquellos que están en la misma situación”, resaltó Montenegro Velázquez.

La Suprema Corte declaró inconstitucional el artículo 6. En un comunicado de prensa, señaló que los ministros “consideraron que el citado artículo provoca un trato de desigualdad y de discriminación por condiciones de salud, prohibido por el artículo 1 Constitucional, además de que atenta contra la garantía individual marcada en el artículo 4, también de la Carta fundamental, relativo al derecho a la salud”.

Esta resolución sienta un precedente valioso en todo el país. Sonora Ciudadana AC ha documentado que en los últimos ocho años el ISSSTESON ha rechazado la afiliación a 404 servidores públicos por “no gozar de buena salud”. Se estima que son alrededor de mil 400 las personas afectadas, ya que la discriminación se hace extensiva a la familia del trabajador.

La sentencia de la Corte tendrá un impacto nacional. Sonora Ciudadana AC emprendió una búsqueda nacional vía las leyes de transparencia y detectó que esta práctica discriminatoria se replica en Nuevo León y 10 entidades más. Al igual encontró requisitos similares en el Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, lo que impactaría favorablemente a la derechohabiencia a nivel nacional.

Lograr cambios estructurales como éste, para mejorar la calidad de vida de la ciudadanía y el respeto de sus derechos humanos es el principal objetivo del Proyecto de litigio estratégico y derechos humanos de Fundar, Centro de Análisis e Investigación y de Sonora Ciudadana AC. Ambas organizaciones auspiciaron el caso del Sr. Abel Montenegro.

“Hacemos un respetuoso llamado para que el ISSSTESON modifique el artículo del reglamento que es inconstitucional y pueda extenderse el beneficio al resto de los ciudadanos afectados”, señaló el Director Ejecutivo de Sonora Ciudadana, Guillermo Noriega Esparza. “Este triunfo es un ejemplo de que no hay que dejar en manos de los políticos la solución de nuestros problemas; la sociedad organizada y con información puede hacer la diferencia”.

SITIOS DE INTERÉS

http://www.scjn.gob.mx/PortalSCJN/MediosPub/Noticias/2009/18-Marzo-2009.htm

www.sonoraciudadana.org.mx

www.fundar.org.mx

 

Para mayores informes favor de dirigirse con:

María Eugenia Jaime Bracamonte

(662) 2 15 88 00

Cel: 21 93 17 99

[email protected]

 

Para informes sobre la estrategia jurídica favor de dirigirse con:

Luis Miguel Cano

044 55 19 19 18 89

[email protected]

 

Afectado: Abel Montenegro Velázquez

62 años

Hechos:

1 agosto de 1998 Ingresa a trabajar al Ayuntamiento de Hermosillo

22 de septiembre de 1998 ISSSTESON le niega la afiliación por padecer hipertensión arterial

(Artículo 6 del Reglamento de Servicios Médicos)

Normatividad que viola: Artículo 1 Constitucional, Artículo 4 Constitucional Tratados Internacionales en materia de derecho a la salud

A mediados de abril de 2007 Llega a Sonora Ciudadana AC a exponer su caso y solicitar orientación

Inicia el proceso de acceso a la información

11 Septiembre de 2007 Se recibe la información del ISSSTESON, se documentó que hay más casos en Sonora.

24 de junio de 2008 Se interpone amparo indirecto ante el Juzgado Segundo de Distrito (Desechado)

19 de agosto de 2008 Se interpone recurso de revisión ante el Tribunal Colegiado de Quinto Circuito

19 de noviembre de 2008 La Suprema Corte de Justicia de la Nación atrae el caso por considerarlo relevante y de un alto impacto.

18 de marzo de 2009 La Primera Sala de la SCJN le otorga el amparo a Abel por considerar que el artículo 6 del reglamento de Servicios Médicos es inconstitucional.

Que sigue: El ISSSTESON debe afiliar a Abel y a su familia.

Se buscará que el ISSSTESON elimine el artículo 6 de su reglamento, pues la Suprema Corte ya estableció que es inconstitucional.

Afectados: 404 trabajadores directos e indirectos alrededor de mil 400 personas, pues la familia de los rechazados son discriminados por la misma razón.

Impacto nacional: Nuevo León y 10 entidades más podrían estar en la misma situación ya que están afiliadas al IMSS que tiene un Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización que solicita requisitos similares.

AUDIO

Radio trece. Radio 13 Noticias. Entrevista a Guillermo Noriega con Javier Solórzano [25-marzo-2009]