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La no devolución de pertenencias de los migrantes deportados por parte del gobierno de EEUU

En el año fiscal del 2014, las autoridades estadounidenses deportaron a aproximadamente 316.000 personas, de las cuales el 96,1 por ciento fueron devueltos a México, Honduras, Guatemala y El Salvador. Una vez deportados, los migrantes son altamente vulnerables a la violencia y el abuso, que se agrava en gran medida por el fracaso sistemático de las autoridades estadounidenses para devolver pertenencias esenciales a los migrantes, incluyendo dinero en efectivo, medicamentos recetados, los teléfonos celulares, o documentos de identificación.

Este problema que se manifiesta y recorre toda la frontera se ha reflejado en varios informes, incluyendo en la documentación reunida por la Universidad de Arizona y lanzada en marzo del 2013 como resultados preliminares a su informe, In the Shadow of the Wall: Family Separation, Immigration Enforcement and Security. En más de 1.000 entrevistas realizadas entre el 2010 hasta el 2012 en los albergues en la frontera norte de México, de Tijuana a Nuevo Laredo, y en la Ciudad de México, los investigadores encontraron que el 39 por ciento de los individuos informó el “haber pertenencias decomisadas y nunca devueltas” antes de ser deportados.

Durante más de una década, la política fronteriza de los Estados Unidos se ha centrado en estrategias basadas en la disuasión, las cuales han creado un proceso de custodia de los migrantes cada vez más complicado desde el punto de aprehensión hasta la deportación. Este proceso se materializa por lo que la agencia de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP, por sus siglas en inglés) llama un “sistema de consecuencias”, que incluye las repatriaciones laterales y el enjuiciamiento penal y prisión por entrada ilegal y reingreso, incluyendo cargos criminales canalizados por medio de Operación Streamline. El aumento del uso de tribunales del Distrito Federal para poner cargos criminales en contra de migrantes por entrada ilegal y reingreso ha dado lugar a múltiples transferencias de custodia del migrante entre las agencias federales de aplicación de la ley, un factor que se ha demostrado que aumenta la probabilidad de que las pertenencias de los migrantes no sean devueltas en el momento de repatriación.
Por ejemplo, una persona puede ser aprehendido por el CBP y pasar unas horas en custodia a corto plazo, luego puede ser trasladado a la custodia de los U.S. Marshals y puesto en una cárcel del condado, luego después de ser condenado puede ser enviado a una prisión bajo la administración del Bureau of Prisons para cumplir con una sentencia y por fin trasladado a la custodia de ICE para que ellos efectuen su deportación.

Cada una de estas agencias (CBP y el ICE bajo el Departamento de Seguridad Nacional y U.S. Marshals y Bureau of Prisons, ambos dependientes del Departamento de Justicia) mantiene protocolos distintos para el manejo de las pertenencias. La política de los U.S. Marshals les permite aceptar algunos artículos limitados y específicos (por ejemplo, un anillo de bodas, gafas graduadas, no más de USD$50 en efectivo, y así sucesivamente). Por otra parte, la política global de la CBP es mantener todos los objetos personales no perecederos por un máximo de 30 días, momento en el cual serán destruidos por un acuerdo escrito firmado por el migrante antes de salir de la custodia de CBP, a menudo sin su conocimiento de cuánto tiempo va a estar bajo la custodia de las autoridades estadounidenses. Los individuos pueden autorizar a un tercero para recuperar estos objetos en su nombre. Sin embargo, esta ventana de 30 días es a menudo poco realista dado los retos a los detenidos en la identificación y en la habilidad de comunicarse con alguien quien pueda recoger sus pertenencias, así como los obstáculos burocráticos que enfrenta un detenido que recibe una pena de más de 30 días.

Aunque la CBP tiene una política general de pertenencias, diferentes prácticas son seguidas en algunos sectores. Por ejemplo, en los sectores de la CBP en El Paso y Tucson, miembros del personal de la Oficina de Protección de los Consulados de México en Tucson y en El Paso recuperan y almacenan las pertenencias de las personas quienes enfrentan cargos de entrada ilegal o reingreso ilegal bajo el programa Operación Streamline. Miembros del personal del Consulado envían luego las pertenencias a la Ciudad de México (en bolsas consulares), que luego se envían a las oficinas regionales de la Secretaría de Relaciones Exteriores de México (SRE) para que luego los dueños de las pertenencias las puedan recuperar. Aunque estas personas pueden en última instancia recibir algunos o todos de sus pertenencias, este proceso puede tomar varios meses y no evita la vulnerabilidad que experimentan los migrantes cuando primero son deportados a México, por lo general en la región fronteriza, sin sus pertenencias. Por otra parte, las grandes distancias y costos de viaje pueden ser una barrera adicional para algunos para recuperar sus pertenencias en las oficinas locales de la SRE. Además, los consulados mexicanos sólo pueden ayudar a aquellos individuos que han proporcionado una dirección exacta, actual en México. Esta práctica también no aborda la necesidad de devolver las pertenencias a las personas que son de otros países de América Latina o América Central. Una solución política mejor garantizaría que las pertenencias siguieran a los migrantes a través de los traslados de custodia de una agencia a otra en los Estados Unidos y que sus pertenencias les fueran devueltas antes de efectuar su repatriación. Las consecuencias de no devolver las pertenencias de los migrantes antes de la repatriación.

Las personas deportadas a menudo se encuentran en ciudades desconocidas donde carecen de contactos y, al no tener sus teléfonos celulares, credenciales de identificación, o dinero, se enfrentan a mayores obstáculos para acceder a recursos o integrarse en la sociedad mexicana. Algunos terminan sin hogar y sin poder conseguir un trabajo porque no pueden demostrar a los posibles empleadores quienes son. Otros tratan de regresar a sus pueblos originarios de México que dejaron hace años, pero para llegar allí tienen que adquirir suficiente dinero para el transporte y luego se enfrentan a una serie de puntos de control o retenes manejadas por policías federales, municipales o militares y que son difíciles de pasar a través sin la debida forma de identificación. Además, no son capaces de cobrar cheques o incluso reunirse con sus hijos porque no pueden verificar su identidad sin una credencial de identificación.

Varios informes desarrollados por los medios de comunicación o por organizaciones de defensa de derechos humanos sugieren que la práctica de no devolución de pertenencias hace a los migrantes, quienes de hecho ya son víctimas de la delincuencia y la violencia, aún más vulnerables a los abusos. Este es un problema aún mayor cuando son repatriados a las zonas con altos índices de homicidio, secuestro y otras formas de violencia. La Comisión Nacional de Derechos Humanos de México identificó más de 200 casos de secuestros de migrantes, lo que afectó a más de 11.000 víctimas durante un plazo de seis meses en 2010. Esta vulnerabilidad se agrava cuando los migrantes son deportados sin sus pertenencias. Un reportaje en 2012 por parte de CNN mostró que la no devolución de las pertenencias es una práctica que pone los migrantes en mayor riesgo a la violencia.

Mientras que el informe de los EUA para el examen periódico universal de la ONU afirma que “Los Estados Unidos tiene un compromiso inquebrantable de respetar los derechos humanos de todos los migrantes , independientemente de su estatus migratorio”, el informe no tiene en cuenta las dificultades y los riesgos reales asociados con la no devolución de pertenencias a los migrantes y la necesidad de establecer y hacer cumplir un acuerdo interinstitucional que garantice el regreso de las pertenencias personales de los migrantes antes de ser repatriados. Recomendaciones Sugeridas

1. El gobierno de Estados Unidos debe desarrollar e implementar un acuerdo interinstitucional entre la Aduana y Protección Fronteriza (CBP), US Marshals, Oficina de Prisiones (BOP), y de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) que garantiza la devolución de las pertenencias, incluyendo teléfonos celulares, credenciales de identificación, dinero, y otras pertenencias clave, a los migrantes en el momento de su liberación o su repatriación.
2. El acuerdo también debe instruir a estas agencias que sus pertenencias no deberán ser destruidas o eliminadas, mientras que un individuo se encuentra aún en custodia, salvo aquellos artículos específicos cuya naturaleza o condición requiere su destrucción inmediata (como, por ejemplo la comida que es perecedera).
3. Todo el dinero de los detenidos deberá ser devuelto en efectivo en la moneda del país de destino, o en moneda de Estados Unidos, según la preferencia del migrante.

Para más información, favor de contactar el Programa de Derechos Humanos del ACLU: [email protected]

Organizaciones en apoyo:
1. Andhes: Abogados y abogadas del Noroeste Argentino en Derechos Humanos y Estudios Sociales, Argentina
2. Asamblea Popular de Familias Migrantes, México
3. ACLU: American Civil Liberties Union, Estados Unidos
4. CAREF: Comisión de Apoyo a Refugiados y Migrantes, Argentina
5. CEDAL: Centro de Derechos y Desarrollo, Perú
6. Centro de Apoyo al Migrante Retornado, Honduras
7. Centro de Estudios Legales y Sociales, Argentina
8. Centro de Justicia y Derechos Humanos de la Universidad Nacional de Lanús, Argentina
9. CIDEHUM: Centro Internacional para los Derechos Humanos de los Migrantes, Costa Rica
10. Clínica Jurídica de Niñez Migrante Andhes-UCSE (Universidad Católica de Santiago del Estero), Argentina
11. Coalición Indígena de Migrantes de Chiapas, México
12. CSMM: Centro de Documentación en Derechos Humanos “Segundo Montes Mozo S.J.”, Ecuador
13. Dream in Mexico, México
14. Foro Migraciones, México
15. Foro Nacional para las Migraciones en Honduras, Honduras
16. Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho, México
17. Fundar Centro de Análisis e Investigación, México
18. Grupo de Monitoreo Independiente del Salvador, El Salvador
19. Imumi: Instituto para las Mujeres en la Migracion, AC, México
20. Iniciativa Kino para la Frontera, México y Estados Unidos
21. Instituto de Investigación y Práctica Social y Cultural, A.C., México
22. Instituto Salvadoreño del Migrante, El Salvador
23. La Red Coiproden: La red de instituciones para los derechos de la niñez, Honduras
24. Latin American Working Group, Estados Unidos
25. Mesa Transfronteriza Migraciones y Género, México
26. No Más Muertes, Estados Unidos
27. PDIB: Programa de Defensa e Incidencia Binacional, México
28. PIDHDD: La Plataforma Interamericana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo, Ecuador
29. ProDESC: Proyecto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, A.C, México
30. Rodolfo Cordova, Presidente, Consejo Ciudadano del Instituto Nacional de Migración, México
31. RROCM: Red Regional de Organizaciones Civiles para las Migraciones, Honduras
32. San Toribio Romo Migrante, México
33. Sin Fronteras IAP, México
34. Universidad Iberoamericana Torreón, México
35. Voces Mesoamericanas, Acción con Pueblos Migrantes, México