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Los refugios, las mujeres y el acitrón

En México, actualmente existen 66 refugios distribuidos en zonas urbanas de todo el territorio nacional, y que se han incorporado a la Red Nacional de Refugios (RNR, creada en 1999) con el fin de “unir esfuerzos y buenas prácticas para atender a las mujeres víctimas de violencia de género en el ámbito familiar”.

La entrada es un largo y estrecho pasillo, con paredes de tabiques pintados de blanco en donde cuelgan plantas sembradas en pequeños vasos de vidrio que le dan vida. Cuando nos abre la puerta, la guardia de seguridad se pega a la pared para dejarnos pasar entre la estrecha abertura, respiro hondo y me llega el olor a acitrón.

Al final del pasillo, del lado derecho están las oficinas de las personas que trabajan ahí, y del lado izquierdo está la entrada a la casa de las mujeres. Es un espacio reducido pero digno, donde viven mujeres que tuvieron que dejar su casa por la violencia que estaban viviendo. Este espacio es un refugio, un lugar que les da seguridad y las protege de allá afuera en donde su integridad personal, física y emocional, está en peligro. Las mujeres que viven en el refugio, con sus hijos e hijas si los tienen, son jóvenes. Tienen entre 19 y 34 años. Sus historias personales son complejas, únicas, difíciles y tejidas a partir de un hilo común: ponerle un alto a la violencia que vivían.

Son mujeres valientes que tomaron una decisión radical para salir del ciclo de la violencia; para que, como dicen ellas, la violencia quede en el pasado, y estén en su presente para construir su futuro.

En México, actualmente existen 66 refugios distribuidos en zonas urbanas de todo el territorio nacional, y que se han incorporado a la Red Nacional de Refugios (RNR, creada en 1999) con el fin de “unir esfuerzos y buenas prácticas para atender a las mujeres víctimas de violencia de género en el ámbito familiar”. Dentro de estos, uno es mixto, es decir que está operado por una organización civil y un municipio, 34 son operados por organizaciones de la sociedad civil y 31 son de gobiernos estatales o locales, y pueden funcionar bajo una dirección mixta.

La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), adoptada en 2007 por el Congreso de la Unión, establece como parte del conjunto de medidas y acciones dentro de las obligaciones del Estado, proteger a las mujeres víctimas de violencia familiar, garantizar su seguridad y el ejercicio pleno de sus derechos humanos y “favorecer la instalación y el mantenimiento de refugios para las víctimas y sus hijas e hijos” (fracción VI, articulo 8).

Por ello, se señala que “el Estado, a través de la Federación, el Distrito Federal, las entidades federativas y los municipios impulsarán la creación de refugios para la atención de mujeres que viven violencia y proveerán los recursos presupuestarios humanos y materiales, en coordinación con las autoridades que integran los sistemas locales, los programas estatales y federales para el funcionamiento y operación de los refugios (artículo 49).

Es decir, la creación y operación de refugios forma parte de las políticas públicas que atiendan a las mujeres que han sido víctimas de violencia, y en especial, aquellas que han padecido violencia extrema y que carecen de redes de apoyo familiar o social, para así garantizar su derecho a una vida libre de violencia.

Según la LGAMVLV y el Modelo de Atención en Refugios del INMUJERES, los refugios son “espacios confidenciales, seguros, temporales y gratuitos que proporcionan atención integral, es decir servicios de carácter sicológico, educativo, médico, legal y de trabajo social, a mujeres, sus hijas e hijos que han sido víctimas de violencia extrema en el ámbito familiar”.

Pero además, el refugio es un espacio físico donde se brinda protección y atención especializada e interdisciplinaria a mujeres, sus hijas e hijos en situación de violencia familiar, sexual o trata. Previene y protege temporalmente a las víctimas de riesgos mayores, así como de las consecuencias de la violencia. Durante su estancia, el refugio les brinda atención médica y psicológica, además de, orientación y acompañamiento legal. Desde la perspectiva de género y defensa de los derechos humanos, un refugio brinda herramientas que fortalecen la seguridad personal de las mujeres y sus hijas e hijos.

Por otro lado, contribuye al desarrollo de habilidades, destrezas y capacidades, para que las mujeres tomen decisiones asertivas en el proceso personal y familiar al construir una vida sin violencia. Uno de sus principales objetivos es lograr que las víctimas actúen y ejecuten lo que les corresponde para interrumpir el ciclo de violencia en el que se encuentran inmersas.

Este olor a acitrón que envuelve el refugio y me llamó tanto la atención, es el producto de las habilidades que van desarrollando las mujeres en su proceso de empoderamiento y de construcción de capacidades para su autonomía. Ellas mismas cultivan esas plantas protectoras. Acitrón para su protección. Una hermosa metáfora después de todo.

Cecile Lachenal

http://www.animalpolitico.com/blogueros-res-publica/2015/07/09/los-refugios-las-mujeres-y-el-acitron/