Según el Consejo de Derechos Humanos de la ONU, la mortalidad materna es un resultado de reiteradas violaciones a los derechos humanos de las mujeres. Este 10 de diciembre, Día Internacional de los Derechos Humanos, nos recuerda que la mortalidad materna en México continúa como un problema de justicia social sin resolver.
La CEDAW recomendó al Estado mexicano seguir las sugerencias del Observatorio de Mortalidad Materna en México para intensificar sus esfuerzos por reducir la mortalidad materna y, en particular, adoptar una estrategia amplia de maternidad segura en que se dé prioridad al acceso a servicios de salud prenatal-postnatal y obstétricos de calidad.
El Observatorio de Mortalidad Materna en México (OMM) en el marco del Día Internacional de los Derechos Humanos, hace un llamado a la nueva administración federal a abordar la muerte materna como tema prioritario en su agenda de salud 2013-2018. El OMM recomienda fortalecer y ampliar el Convenio General de Colaboración Interinstitucional para la Atención de la Emergencia Obstétrica entre la SSA, el ISSSTE y el IMSS, ya que su correcta aplicación permitirá reducir la mortalidad materna en el país. El estudio realizado por el OMM evidencia la escasa utilización del Convenio a más de dos años de su instauración.
La mayor parte de las muertes maternas en México es evitable: 75% de las ocurridas en 2011 fue por causas directas (aborto, enfermedades hipertensivas del embarazo, trauma obstétrico, hemorragia y sepsis), muertes que con los recursos tecnológicos disponibles y el desarrollo médico podrían haberse atendido adecuada- mente y de manera oportuna. Por otro lado, 70% de las mujeres falleció en servicios hospitalarios.
Para 2011, las mujeres que viven en los 125 municipios con menor índice de desarrollo humano tenían más del doble del riesgo de fallecer que el resto de las mexicanas. Si consideramos las brechas entre mujeres no indígenas e indígenas, la diferencia del riesgo de morir es de tres veces más entre las indígenas y, en el caso de mujeres que viven en municipios con muy alto rezago social en relación con bajo rezago, esta diferencia se ensancha más de cuatro veces.
A pesar de que la autoridades del Sector Salud han declarado la cobertura universal en salud, los casos de muerte materna nos muestran que hay mucho por avanzar en la calidad de la atención médica, ya que en 2011 y según cifras oficiales, 467 mujeres de las 971 que murieron estaban afiliadas al Seguro Popular (48%) y, de ellas, 323 habían estado en contacto con los servicios de salud y habían tenido control prena- tal, lo cual nos lleva a reconocer que estamos lejos de contar con la calidad de servicios que permita abatir estas muertes, evitables y prematuras.
Como respuesta a esta problemática, durante 2011 el OMM monitoreó este Convenio (vigente a partir de mayo de 2009) en donde se establece que toda mujer con emergencia obstétrica debe ser atendida en cualquier unidad médica de la SSA, ISSSTE e IMSS, sin discriminación por razones de afiliación y de manera gratuita.
Los elementos que el OMM recomienda para que se incluyan de manera prioritaria en el marco del Convenio son:
Difundir a toda la población los beneficios que otorga: recibir atención de manera gratuita en el IMSS, ISSSTE o SSA en caso de tener una complicación durante el embarazo, parto y puerperio.
Mejorar las condiciones de disponibilidad y acceso a los hospitales considerados como resolutivos. Establecer claramente los mecanismos interinstitucionales de cooperación.
Asegurar que la Comisión Evaluadora Interinstitucional del Convenio establezca claramente los criterios para su evaluación y seguimiento.
Asegurar una red de servicios desde el primer nivel de atención hasta los hospitales resolutivos a fin de lograr un acceso oportuno en los caso de urgencia obstétrica.
Ampliar el Convenio a la atención obstétrica y neonatal.
Garantizar la transparencia y rendición de cuentas a la ciudadanía, a través del acceso a la infor- mación del número de beneficiarias del mismo y de aquellos casos que han sido rechazados.
Contar con el catálogo único de beneficiarias del Sistema Nacional de Salud.
* Para más información sobre el Convenio Interinstitucional para la AEO, favor de consultar:
http://www.omm.org.mx/index.php/monitoreo-de-politicas-publicas/168.html o visitar nuestra página: www.omm.org.mx * Para cifras oficiales de mortalidad materna sistematizadas por el OMM: http://www.omm.org.mx/index.php/indicadores.html
* También puede dirigir sus preguntas a: [email protected]