Opinión técnica: elementos fundamentales a incluir en las leyes secundarias de transparencia y acceso a la información pública

En noviembre de 2024, el Poder Legislativo aprobó la reforma constitucional de simplificación orgánica, con la que se extinguen o modifican las funciones, el mandato y las estructuras de diversos órganos constitucionales autónomos, incluido el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI). Como parte de tal proceso de armonización, el 21 de febrero de 2025 se publicó en la Gaceta del Senado la propuesta de reforma a la Ley General de Transparencia. Dicha propuesta de reforma presenta áreas de oportunidad para mejorar los mecanismos sustitutivos del andamiaje institucional de protección y salvaguarda de los derechos de acceso a la información y protección de datos personales.

Cabe recordar que la actual Ley General de Transparencia incluye estándares de protección apegados a los principios establecidos en la Ley Modelo Interamericana 2.0 sobre acceso a la información pública, tales como la interpretación a favor de la máxima publicidad y el interés público; medidas para promover ampliamente la apertura de información; un régimen claro de excepciones; procedimientos sencillos de acceso; mecanismos de apelación y un régimen de responsabilidades para el cumplimiento de la ley, los cuales han colocado a México como un referente en la materia en la región interamericana.

Por ello, Fundar, Centro de Análisis e Investigación, Artículo 19 Oficina para México y Centroamérica y el Observatorio de Designaciones Públicas presentamos una serie de recomendaciones técnicas a considerar en las leyes secundarias de transparencia y acceso a la información, a fin de que se preserven dichos estándares y mecanismos para mantener un diseño insti- tucional que garantice ampliamente el ejercicio del derecho de acceso a la información.

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