Como ha sucedido desde el 2002, la administración federal actual, ha publicado un programa de Salud Materna y Perinatal 2013-2018, el cual reconoce a los derechos humanos como un elemento sustantivo de una política en salud materna y del recién nacido, que se reconozca como protectora y responsable de su salud.

Llama positivamente la atención que se especifiquen los derechos reproductivos y el derecho a la salud, que a esta altura de las cosas son derechos básicos establecidos en el artículo 4° de la Constitución Mexicana, quizás la novedad sea que las autoridades sanitarias los ubiquen juntos. Valga afirmar que tal relación ha sido argumentada desde hace algunos años por la red la Coalición por la Salud de las Mujeres y al comienzo dicho planteamiento provocaba extrañeza en los mandos de la Secretaría de Salud y en el poder legislativo, es decir para que el Estado y el gobierno en turno garantice los derechos reproductivos debe hacer lo propio en el derecho a la salud y viceversa, sino ¿cómo se entiende y planeas los servicios en salud reproductiva? ¿cómo se otorga atención en salud reproductiva si no hay personal de salud y hospitales suficientes? Eso por lo menos, agregando de que hayan insumos y que el personal de salud tenga conocimiento por ejemplo de la atención a una mujer embarazada, en parto y posparto; o que sí la mujer presenta una emergencia la atención sea rápida, certera, respetuosa y gratuita.

Es más, el programa de Salud Materna y Perinatal 2013-2018, se compromete con “el pleno respeto a la diversidad cultural y al ejercicio de los derechos de las mujeres, apoyando su proyecto de vida”.

Así las cosas, enhorabuena la sociedad civil fue escuchada, tras los logros es de revisar qué en la implementación es lo obligatorio. Es decir, si al poner sobre la mesa las expectativas de cumplimiento de esos compromisos es asunto obligado y básico examinar si los indicadores establecidos en el programa se corresponden con los del Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF). Asunto que se facilita porque en el PEF 2015 se detallan para los objetivos con sus indicadores del sus métodos de cálculo, y con su unidad de medida.

En resumen, para que el programa sea real, es fundamental que sus objetivos cuenten con recursos financieros para su implementación y dichos presupuestos vinculados a los indicadores de los objetivos.

Básicamente estos indicadores son el mecanismo de medición de los objetivos y líneas de acción del programa. Los indicadores elegidos son: el porcentaje de embarazadas atendidas en los 3 primeros meses, el porcentaje de recién nacidos con bajo peso al nacer, la cobertura de la prueba del tamiz neonatal (a recién nacidas/os), la razón de mortalidad materna, la tasa de mortalidad neonatal, el porcentaje de cesáreas, porcentajes de partos atendidos a nivel institucional. Siete indicadores que algunos son continuidad del programa anterior (2007-2012) como es la razón de mortalidad materna, —entendible porque es un compromiso a nivel internacional— o el porcentaje de cesáreas, y la realización de la prueba de tamiz neonata, en fin, en todo caso muchos menos porque está la indicación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de ajustar el número de indicadores, argumentando que se fortalece su seguimiento.

Al compararlos con los determinados en el PEF 2015, vemos tres indicadores fuera del documento presupuestario: porcentaje de recién nacidos con bajo peso al nacer, tasa de mortalidad neonatal y el porcentaje de cesáreas.

Así las cosas, cabe preguntarse qué pasa con estos, cuáles serán los mecanismos —además del presupuesto público que obliga a una rendición de cuentas y sujeto a escrutinio de la Auditoría Superior de la Federación— para tutelar su implementación real. Los tres son de importancia enorme, y por ejemplo el control de la cesárea es reconocido entre sectores como asunto urgente.

Tal como señala la Dra. Rosario Cárdenas, “si bien la cesárea reduce el riesgo de morir a que están expuestos la mujer o su hijo, o ambos, por cuanto resuelve o previene complicaciones asociadas al embarazo o el parto, su aplicación puede propiciar igualmente el desarrollo de condiciones perjudiciales para la salud femenina o neonatal; de ahí la importancia de que este recurso médico sea usado apropiadamente”; existe el consenso de su práctica al alza en México, por ello su disminución es un indicador, pero sin recursos. Valga aclarar que los recursos a los cuales se hace mención, solamente son los transferidos por la Secretaría de Salud a las entidades federativas, fuera quedan las instituciones de la seguridad social. Como sea, el punto es que los índices de cesárea aumentan, la investigación de la Dra. Cárdenas arroja cifras alarmantes, al año 2009, del 100 por ciento de nacimientos atendidos, la Secretaría de Salud atendió 33.4 mediante cesárea, el IMSS un 48.5 por ciento y el ISSSTE un 66.1 por ciento, el total nacional es de un 38.1 por ciento, prácticamente 4 de cada 10 nacimientos en el país son mediante cesárea. La investigadora de la UAM llama la atención sobre “que ni lo asiduo del empleo de la cesárea ni su incremento ha incidido en una reducción de la mortalidad materna”.

Si un rol básico del Estado Mexicano y sus instituciones es la protección de los derechos humanos y en el Programa de Salud Materna y Perinatal se precisan el derecho a la salud y los derechos reproductivos de las mujeres, constan las violaciones a los derechos humanos al momento de la práctica de la cesárea, comenzando por incumplir el principio básico del consentimiento informado de la mujer y/o sus acompañantes; además de la serie de secuelas a las que se les expone y de las cuales las instituciones de salud suelen no asumir la responsabilidad.

De manera ligera podría suponerse que una forma de asegurar que disminuya es la supervisión de la Secretaría de Salud a los servicios estatales de salud, lo cual es un indicador en el PEF 2015: Porcentaje de visitas de supervisión a los Servicios Estatales de Salud de las 32 Entidades Federativas para ver el cumplimiento de la normatividad vigente. Ello implicaría la movilización de recursos humanos, tecnológicos suficientes; ante lo cual está la incógnita de su existencia. Y con la salvedad de que el aumento de la cesárea responde también a factores de insuficiencia presupuestaria para atención disponible para partos las 24 horas del día los 365 días del año. Aunado a que la supervisión establecida en el PEF es para muchas materias. Si se agrega el recorte a la Secretaría de Salud, parte del cual afecta precisamente gastos de supervisión, pues el panorama no es nada alentador.

La Secretaría de Salud tiene la obligación de reportar con periodicidad el desarrollo y cumplimiento de los objetivos e indicadores de este programa.

Daniela Díaz

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