Fundar es una organización de la sociedad civil plural e independiente —con sede en México— que se rige por los principios de horizontalidad y transparencia.
Fundar se dedica a la incidencia en políticas e instituciones públicas a través de la construcción y socialización de conocimiento especializado, de la reflexión crítica y propositiva, así como de la experimentación y vinculación con actores civiles, sociales y gubernamentales.
Fundar es una organización productora de investigación de alta calidad, contraparte comprometida con diversos actores sociales, cuyos proyectos y propuestas han tenido impactos sobre las instituciones públicas y que incide en la promoción de la democracia sustantiva, el bienestar y la justicia social en el Estado mexicano, así como en los espacios internacionales en los cuales participa.
Fundar parte de una concepción integral de los derechos humanos, del reconocimiento explícito de la necesidad de incorporar y promover la perspectiva de género, la participación ciudadana, la justicia social, la interculturalidad y la sostenibilidad.
Partimos de la convicción de que la sociedad civil es capaz de transformar procesos y ámbitos de la vida pública que le atañen por medio de dos vías: desde arriba (top down), al vincular a la autoridad con información relevante sobre alternativas, costos sociales, deficiencias, malas prácticas y recomendaciones específicas; y desde abajo (bottom up), al impulsar y habilitar la participación de la ciudadanía y de sectores y pueblos históricamente excluidos para la exigencia de sus derechos.
Las estrategias de trabajo de Fundar son las siguientes:Proponer e implementar soluciones creativas a los problemas públicos, caracterizadas por el rigor en una investigación aplicada e interdisciplinaria (incidencia basada en evidencia)
Asambleístas honorarios
El derecho que fundamenta la existencia de las organizaciones de la sociedad civil es el derecho de la libre asociación. Contemplado en el artículo 9° de la CPEUM, así como en la Declaración Universal de Derechos Humanos y con el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el derecho a la libertad de asociación se concibe como una de las bases de las democracias modernas, siendo este derecho el que tienen todas las personas para conformar entidades con personalidad jurídica reconocida, y con el fin que sus integrantes determinen, como lo es la exigibilidad de derechos.
CPEUM, Artículo 9o. No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito; pero solamente los ciudadanos de la República podrán hacerlo para tomar parte en los asuntos políticos del país
Declaración Universal de los Derechos Humanos, artículo 20, numeral 1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, artículo 22, numeral 1. Toda persona tiene derecho a asociarse libremente con otras, incluso el derecho a fundar sindicatos y afiliarse a ellos para la protección de sus intereses.
Ley Federal de Fomento de las Actividades Realizadas por las Organizaciones de la Sociedad Civil: Esta ley tiene por objeto, fomentar las actividades que realizan las organizaciones de la sociedad civil. Véase más en: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/266_240418.pdf
Código Civil Federal Artículo 2670: Cuando varios individuos convinieren en reunirse, de manera que no sea enteramente transitoria, para realizar un fin común que no esté prohibido por la ley y que no tenga carácter preponderantemente económico, constituyen una asociación.
Ley General de Desarrollo Social (LGDS): énfasis en la participación social en los artículos 1º, 3º 7º y el capítulo VI, http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/264_250618.pdf
Código Fiscal de la Federación artículos 29 y 29ª, así como 28 (obligaciones de contabilidad) y 34 (contabilidad en sistema electrónico).
Ley de Impuesto Sobre la Renta (LISR), artículo 31; Título I; Título III, artículos 79-93, artículos 105-119ª. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LISR_301116.pdf
Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, artículo 17 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFPIORPI_090318.pdf
Ley Federal del Trabajo http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/125_020719.pdf
Ley de Inversión extranjera (referente a las donaciones recibidas por agencias internacionales) http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/44_150618.pdf