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¿Qué pasó con el FIDECINE?

Por: Paulina Castaño Acosta, investigadora de Justicia Fiscal

 

El 30 de agosto de 2023, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la extinción del Fondo de Inversión y Estímulos al Cine (FIDECINE), un fideicomiso público que tenía como objetivo el fomento y la promoción permanente de la industria cinematográfica nacional. La SCJN ordenó al Congreso de la Unión subsanar las deficiencias de la actual Ley Federal de Cinematografía (LFC), un mandato que debía cumplirse antes del 15 de diciembre de 2023. 

Recuento del amparo y resolución de la SCJN 

El FIDECINE se extinguió en noviembre de 2020 a través de un decreto presidencial que ordenaba la disolución de 109 fondos y fideicomisos con el propósito de afrontar la crisis derivada de la pandemia por el COVID-19. Esto resultó en la derogación de los artículos 33 al 38 de la Ley Federal de Cinematografía (LFC), que daban sustento jurídico al FIDECINE. Tras la desaparición del Fondo, en 2022 se creó el programa presupuestario Fomento al Cine Mexicano con un presupuesto de 110 millones de pesos, un monto 68% menor a lo que recibía el fondo.  

Ese mismo año, la casa productora Springall Pictures presentó un amparo por considerar que la desaparición del FIDECINE fue una medida regresiva al derecho a la cultura, particularmente al artículo 4° constitucional. En primera instancia, el Juzgado de Distrito negó el amparo, pero a finales del mes de abril de 2023 la SCJN concedió el amparo a la parte quejosa y fue el ministro Alberto Pérez Dayán quien desarrollaría el nuevo proyecto de sentencia (Amparo en Revisión 357/2022).  

La SCJN resolvió el amparo analizando el Principio de Reserva de Ley que determina que cuando una norma constitucional reserva expresamente a la ley la regulación de una determinada materia, esta excluye la posibilidad de que los aspectos de esa reserva sean regulados por disposiciones de naturaleza distinta. En otras palabras, la SCJN estableció que la eliminación del FIDECINE, a través de un decreto presidencial, transgredió el artículo 4° constitucional que señala que “la ley establecerá los mecanismos para el acceso y participación de cualquier manifestación cultural”. La derogación de los seis artículos de la LFC eran el único mecanismo, previsto en la ley, que garantizaba el acceso y participación permanente en la industria cinematográfica, por lo que la eliminación del FIDECINE vulneró el fomento y protección al derecho a la cultura.  

¿Qué sigue? Posibles escenarios 

La recuperación del FIDECINE está en vilo. Las y los legisladores no subsanaron las deficiencias de la LFC en tiempo y forma, a pesar de que la senadora Susana Harp presentó una iniciativa con proyecto de decreto para adicionar los artículos derogados en 2021 para discusión.  

Se vislumbran dos posibles escenarios. Por un lado, que el Legislativo posponga la discusión indefinidamente mediante la solicitud de plazos a la Corte, aludiendo que están “trabajando” en una iniciativa. Una estrategia así ocurrió con la Ley General de Comunicación Social: desde 2021, la SCJN ordenó subsanar las deficiencias de la ley, pero el Congreso no ha cumplido con el mandato de la Corte.  

El segundo posible escenario consiste en que el Legislativo cumpla con la sentencia de la SCJN en el siguiente periodo de sesiones, pero no de la manera esperada, es decir, que la reforma no cumpla lo que era el FIDECINE. Igualmente, que no se den los espacios pertinentes para discutir una reforma en formato de parlamento abierto que involucre a todas las partes interesadas.  

Con su creación en 2001, el FIDECINE ha apoyado alrededor de 400 proyectos, a la vez que contribuye a la generación de empleos y cumple un rol fundamental en la economía del país. El desarrollo de la industria del cine nacional es parte del derecho de acceso a la cultura y requiere recursos multianuales para su garantía. Es urgente que el Congreso de la Unión discuta, de manera abierta y plural, la reforma a la LFC para garantizar que la promoción al cine mexicano cuente con recursos garantizados.  

 

Este artículo fue publicado originalmente el 16 de enero de 2024, en Sin Embargo.