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Salud materna: las cuentas pendientes

En Guerrero, falleció por muerte materna una mujer amuzga de 16 años en el Hospital de Ometepec.

En Yucatán, Rosalía Mukul Chán, maya de 40 años, y sus gemelos murieron en el Hospital H’Oran. A una semana de su fallecimiento, y de manera inexplicable, los gemelos aún no han sido entregados a los familiares.

En Oaxaca, Pilar Sánchez Villavicencio dio a luz en la banqueta, en las afueras del Hospital General del municipio de Huajuapan de León, cuarto caso documentado de este tipo en el estado en estas últimas semanas.

En Jalisco, tan sólo en enero de este año, se reportaron ocho defunciones maternas.

En 2013, existen registrados 108 casos sospechosos de muerte materna que todavía no han sido investigados o dictaminados a nivel nacional.

Así comienza el último pronunciamiento del Comité por una Maternidad Segura del Observatorio de Mortalidad Materna y la Coalición por la Salud de las Mujeres; un comunicado más, un nuevo llamado a que el Estado mexicano reaccione ante las víctimas que el sistema de salud provoca cada día. Una exigencia para que actúe y resuelva sus deficiencias a fin de otorgar salud materna con calidad, con adecuación a la identidad cultural de las mujeres, con irrestricto respeto a los derechos humanos y con infraestructura, personal de salud, medicamentos e insumos en salud suficientes, así como con los recursos financieros para implementar una atención real.

La salud materna, pero sobre todo el objetivo de atender la mortalidad materna, es materia obligada para la política pública de salud desde 2002. No es casualidad que este tema se incluyera nuevamente como indicador tanto en el último Programa Nacional de Desarrollo como en Plan Sectorial de Salud (PSS) 2013-2018. En ambos documentos se recurre al paradigma de los derechos humanos para disminuir las brechas de acceso a la salud en las poblaciones más pobres. En definitiva, crear condiciones de igualdad para la atención en salud es el primer paso, sobre todo porque son las mujeres indígenas y las adolescentes los grupos más vulnerables.

Incluso el PSS indica en una de sus líneas de acción que se deben “instrumentar acciones para facilitar el acceso de las adolescentes a la anticoncepción de emergencia en todo el sistema de salud”; algo que podría parecer de avanzada si lo comparamos con sexenios anteriores. El mismo documento señala, en la línea de acción, que es importante “cumplir con los tratados internacionales en materia de salud en el marco de los derechos humanos”. Ya que para nadie es un secreto que estos reconocen a los derechos reproductivos con mayor amplitud que el marco jurídico nacional. Sin embargo, no debemos olvidar que la inclusión de los tratados internacionales es materia obligada de acuerdo al Artículo 1° Constitucional a partir de junio de 2011.

No obstante, en los últimos 12 años hubo diferentes estrategias y propuestas en salud materna en general, y de disminución (más no erradicación) de la muerte materna en particular, que igualmente contenían elementos sustantivos para una buena atención. Lo cierto es que sus resultados fueron deficientes. Por ejemplo, la estrategia de afiliación a la estrategia ‘Embarazo Saludable’ del Sistema de Protección Social en Salud, por sí sola, ha sido incapaz de asegurar la atención y la vida de sus afiliadas. De ello da cuenta el incremento de las muertes materna en mujeres con Seguro Popular: 33.% de las fallecidas en 2009, 39.2% en 2010 y 48.1% en 2011 (fuente: Observatorio de Mortalidad Materna).

La obligación del Estado de garantizar los derechos humanos de las mujeres, de sus derechos reproductivos y de solventar atención en salud materna debe acompañarse de recursos financieros públicos con mecanismos transparentes de asignación de presupuesto para solventarlos. Presupuesto sujeto a evaluación, rendición de cuentas y participación pública. A la par, se debe responsabilizar a las instancias correspondientes y definir claramente las sanciones por incumplimiento de su ejercicio y los perjuicios producidos a las mujeres y sus familias (para que el Estado pueda reparar los daños en caso de no cumplir con sus obligaciones).

Hoy por hoy, las propuestas mencionadas de política pública en salud reproductiva y materna carecen de herramientas de vinculación al presupuesto público y de medios para fortalecer la responsabilidad de la cabeza de sector de la Secretaría de Salud federal. En otras palabras: ¿cómo resolver un problema tan grave y complejo si no se puede seguir el flujo del dinero y no hay responsables directos?

El Programa de Acción Específico 2013-2018 de Salud Materna y Perinatal, próximo a su publicación, podría considerar tales elementos para que el discurso gubernamental de derechos deje de ser palabras huecas que provocan víctimas y se transforme en acciones concretas que salven vidas.

**Daniela Díaz

http://blogs.eluniversal.com.mx/weblogs_detalle19859.html