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Tres acciones urgentes para el fortalecimiento de la justicia constitucional

El Poder Judicial de la Federación enfrenta grandes retos en materia de derechos humanos y para el fortalecimiento de uno de sus órganos más importantes como es la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Ésta requiere consolidarse como un verdadero Tribunal Constitucional, a fin de continuar con pasos firmes en la resolución de casos que impacten de manera positiva la vida de las personas, en particular de aquellas en situación de vulnerabilidad.

Tal es el caso de los familiares de Bonfilio Rubio Villegas, indígena nahua de Guerrero quien fuera ejecutado a manos de militares, cuya resolución de la SCJN ha permitido que se declare el derecho que tienen de inconformarse activamente por ciertas resoluciones judiciales que les afectan; además, la Corte decidió que el caso debe ser conocido por la justicia penal ordinaria y no por los tribunales castrenses.

A corto plazo, podemos identificar tres grandes retos para el fortalecimiento del quehacer judicial y de la máxima institución (la SCJN). Estos son: el desarrollo jurisprudencial y aplicación de la reforma en materia de derechos humanos; la adecuación de los marcos normativos en materia del sistema de justicia penal y amparo que aún están pendientes en el Congreso; y por último, la elección de nuevos Ministros que tendrá lugar en los próximos meses. Como se observa, sólo el primero de los retos depende totalmente del Poder Judicial; el resto se encuentra en manos de actores políticos como son el Poder Ejecutivo y el Legislativo.

En cuanto a la reforma constitucional de derechos humanos, la SCJN ha ido consolidando fallos protectores en la materia que han permitido establecer ciertos criterios progresistas que atiendan a las realidades y necesidades actuales. Ejemplo de ello son las recientes decisiones que restringen el fuero militar por hechos constitutivos de violaciones a derechos humanos; además de decretar la inconstitucionalidad del artículo 57, fracción II, inciso a) del Código de Justicia Militar que permitía a los tribunales castrenses conocer de estos casos.

No obstante, la Corte aún continúa con retos importantes como lo son una mayor definición en torno a los derechos de los pueblos indígenas; el avance en los derechos de las mujeres; la justiciabilidad de los derechos económicos sociales y culturales; el reconocimiento pleno de la obligatoriedad de las sentencias de la Corte Interamericana; y, la unificación del criterio respecto de la existencia de un verdadero bloque de constitucionalidad, cuya discusión ha quedado en suspenso desde marzo de 2012 y donde las posturas expuestas en el Pleno de la SCJN no son del todo alentadoras. Sobre este último punto, la esencia de la reforma en materia de derechos humanos es tomar en cuenta toda la amalgama de derechos derivados de normas de fuente nacional e internacional, así como las interpretaciones de órganos universales y regionales que —en relación con el principio pro persona— aseguren una protección verdadera a los derechos humanos.

En relación con las reformas constitucionales en materia del sistema de justicia penal y de amparo, desde inicios del presente año, en el discurso de apertura de sesiones de la Corte, el Ministro Presidente Juan Silva Meza hizo un llamado al Congreso de la Unión para legislar en estos rubros. Sin embargo, aún continúa pendiente la expedición del Código Federal de Procedimientos Penales. Esto es importante porque representa el primer paso para la implementación del mismo, que si bien también requerirá adecuaciones en todos los ámbitos de gobierno, el Poder Judicial deberá realizar cambios institucionales, de infraestructura, capacitación, entre otros, cuyo andamiaje requiere no sólo de recursos sino de voluntad política y, por supuesto, de tiempo suficiente ya que el plazo concluye en junio de 2016. Respecto de la Ley de Amparo, ésta debió haber sido publicada desde octubre de 2011 (sin que hasta la fecha se tenga un instrumento que proporcione seguridad jurídica y protección en materia de derechos humanos de manera adecuada). Recordemos que la Ley de Amparo es el marco normativo que rige el mecanismo de protección de derechos humanos mediante el juicio de amparo; sin embargo, la ausencia de regulación hace irrisorias las ventajas que la misma debería traer. Por ejemplo, en la tutela de derechos colectivos. Dicha omisión, inexcusable por parte del Legislativo, debe ser atendida de manera inmediata por la nueva legislatura.

Por último, la SCJN se enfrentará al proceso de relevos de dos de sus integrantes: el Ministro Guillermo I. Ortiz Mayagoitia —de la Primera Sala— y el Ministro Sergio Salvador Aguirre Anguiano —de la Segunda Sala— concluyen sus mandatos en noviembre próximo. Por cada vacante, el Presidente de la República deberá presentar una terna al Senado que será el encargado de elegir a los próximos Ministros; si de la primera terna los Senadores no toman una decisión, el Presidente tiene la oportunidad de presentar una nueva terna con candidatos diferentes. El Senado debería elegir de entre esa terna, de lo contrario, el nombramiento quedaría a manos del Ejecutivo y se realizaría por designación directa. Los nombres de los candidatos empiezan a sonar; sin embargo, aún faltan varias semanas y existen varias interrogantes sobre si será el Presidente actual o el electo a quien le tocará liderar esta decisión de suma trascendencia.

A la ciudadanía le corresponde monitorear este proceso para que las personas que aspiran a este cargo público demuestren sus capacidades y se realice con total transparencia. Además, debe exigir que el Ejecutivo justifique la composición de la terna y que los integrantes de las diversas fracciones parlamentarias del Senado fundamenten la decisión de votar por un determinado candidato o candidata. Esta designación deberá dar cabida al nombramiento de dos personas con claro compromiso en materia de derechos humanos, que respete la composición por género, la experticia necesaria para tan alto cargo y privilegiar no solo que provengan de la carrera judicial sino también de otros sectores como la academia que permitan una pluralidad y sano equilibrio al interior de la Corte. Sólo así, el máximo tribunal podrá asegurar pasos claros y comprometidos en la protección de las personas.


*Jaqueline Sáenz Andujo

http://blogs.eluniversal.com.mx/weblogs_detalle17126.html